DECRETO 1916 DE 1991
(Agosto 5)
Por el cual se amplía el plazo de la misión para la descentralización y las finanzas de las Entidades Territoriales.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las consagradas en el artículo 1o. del Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
Articulo 1o. Amplíase hasta el 31 de diciembre de 1991 el plazo de que trata el artículo 12 del Decreto número 2496 de 1990, por medio del cual se creó la Misión para la Descentralización y las Finanzas de las Entidades Territoriales.
Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá , D.C. , a 5 de agosto de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Gobierno,
Humberto De La Calle Lombana.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
Armando Montenegro Trujillo.