DECRETO 1872 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 1872 DE 1991    

(julio 29)    

     

POR EL CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL Decreto 2247 de 1983.    

     

Nota: Derogado por la Ley 43 de 1993,  artículo 38.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que la Ley 11 de 21  de enero de 1991 modificó la estructura orgánica del Ministerio de  Relaciones Exteriores;    

Que es conveniente actualizar la integración de la comisión de  nacionalidad,    

DECRETA:    

     

Artículo 1º. El artículo 19 del Decreto 2247 de 1983,  quedará así:    

“Artículo 19.Créase en el Ministerio de Relaciones Exteriores una  Comisión para Asuntos de Nacionalidad, la cual quedará integrada por los  siguientes funcionarios:    

     

a) El Secretario General, o su delegado;    

b) El Director General de Asuntos Políticos Bilaterales, o su delegado;    

c) El Subsecretario Jurídico, o su delegado;    

d) El funcionario que tenga a su cargo el manejo de los asuntos de  nacionalidad, quien actuará como Secretario de la Comisión.    

     

Parágrafo. La Comisión será presidida por el señor Secretario General y en  su defecto, por el señor Director General de Asuntos Políticos  Bilaterales”.    

     

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

     

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de julio de 1991.    

                    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Ministerio de Relaciones Exteriores,    

LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA.    

     

 

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