DECRETO 1688 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 1688 DE 1991    

(julio 4)    

     

DO 39888; 4 JULIO 1991 P.11    

     

POR EL CUAL SE CREA EL CONSEJO ASESOR PARA EL  DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FORMACION AVANZADA Y SE DICTAN OTRAS  DISPOSICIONES.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el inciso final del artículo lo. del Decreto 1050 de 1968,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1. Créase el Consejo Asesor para el Desarrollo de los Programas de Formación  Avanzada, como órgano auxiliar del Instituto Colombiano para el Fomento de la  Educación Superior, Ices.    

     

Artículo  2o. El Consejo Asesor para el Desarrollo de los Programas de Formación  Avanzada, estará integrado por:    

     

1.  El Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior  “Icfes”, quien lo presidirá.    

     

2.  Un Delegado del Ministro de Educación Nacional.    

     

3.  El Director del Instituto Colombiano de Crédito‚ Educativo y Estudios Técnicos  en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”-Icetex-.    

     

4.  El Rector de la Universidad Nacional de Colombia.    

     

5.  Un rector de universidad oficial y uno de universidad privada que ofrezcan  Programas de Formación Avanzada a nivel de Maestrías y Doctorados, designados  por el Ministro de Educación Nacional de ternas presentadas por el Director del  “Icfes”.    

     

6.  El Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la  Tecnología Francisco José de Cáldas “Colciencias”.    

     

Parágrafo.  Constituye quorum para decidir, la mitad más uno de los miembros del Consejo.    

     

Artículo  3. El Consejo Asesor para el Desarrollo de los Programas de Formación Avanzada,  tendrá las siguientes funciones :    

     

1.  Proponer políticas específicas para la creación de programas académicos‚ para  la formación de investigadores profesionales y para la consolidación de las  comunidades científicas.    

     

2.  Proponer los campos o áreas de formación prioritarias, de acuerdo con las  necesidades del país.    

     

3.  Sugerir las políticas de desarrollo de los programas y áreas investigativas  inherentes a los Programas Académicos‚ de Formación Avanzada.    

     

4.  Proponer mecanismos de difusión de los resultados de las investigaciones  producidas por los Programas de Formación Avanzada.    

     

5.  Sugerir criterios y requerimientos académicos que deban cumplir las  instituciones universitarias para la creación y el desarrollo de Programas de  Formación Avanzada.    

     

6.  Proponer modalidades, criterios de evaluación y mecanismos de financiación de  los programas de formación académica en la modalidad de Formación Avanzada.    

     

Artículo  4. Los miembros del Consejo Asesor que no tengan vínculos laborales permanentes  con entidades oficiales, recibirán las mismas sumas que por concepto de  honorarios perciben los miembros de la Junta Directiva del Ices, por cada  reunión de trabajo.    

     

Artículo  5. El Consejo Asesor para el Desarrollo de los Programas de Formación Avanzada  conformarán los equipos de trabajo necesarios para cumplir a cabalidad con sus  funciones, y podrá solicitar y/o promover la realización de los estudios que  considere necesarios con el mismo fin.    

     

Artículo  6. Para su funcionamiento el Consejo Asesor se dará su propio reglamento y su  plan de trabajo. Así mismo, el Icfes dispondrá de los recursos asignados en el  Presupuesto Nacional, para el adecuado funcionamiento del Consejo Asesor para  el Desarrollo de los Programas de Formación Avanzada.    

     

Artículo  7. Este Decreto rige desde su publicación en el DIARIO OFICIAL y deroga las  normas que le sean contrarias, en especial el Decreto  1519 del 12 de julio de 1990.    

     

Publiques  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D.E., a 4 julio de 1991.    

     

     

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

     

El  Ministro de Educación Nacional,    

ALFONSO  VALDIVIESO SARMIENTO.    

     

El  Jefe del Departamento Nacional de Planeación,    

ARMANDO  MONTENEGRO TRUJILLO.    

 

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