DECRETO 1461 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 1461 DE 1991    

(junio  5)    

     

POR  EL CUAL SE MODIFICA EL Decreto 1424 de 1977    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de la que le confiere el ordinal 3º.  del artículo 120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO 1º.          El artículo 2º del Decreto 1424 de 1977,  quedará así:    

     

“Artículo 2º.  Las  listas o relaciones que en desarrollo de sus funciones envíen la Oficina de  Cambios del Banco de la República, la Superintendencia Bancaria o cualquier  otro organismo o entidad pública competente, a la Superintendencia de Control  de Cambios, sobre importaciones con fecha de giro vencida, prestan mérito  suficiente para disponer la apertura de la correspondiente investigación contra  las personas naturales o jurídicas incluidas en tales listas o relaciones.    

     

La Superintendencia de  Control de Cambios adelantará las respectivas investigaciones dentro de los  términos y condiciones establecidos en el Decreto ley 444 de  1967 y en la Ley 33 de 1975. Del  acto de formulación de cargos se dará traslado al investigado mediante entrega  de copia del mismo, manteniéndose el expediente a su disposición en la  Secretaría General o en la oficina seccional competente, según el caso”.    

     

ARTICULO 2º.          El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase,    

Dado en Bogotá, D. E., a  5 de junio de 1991.    

     

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Ministro de Hacienda  y Crédito Público,    

RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.    

 

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