DECRETO 1447 DE 1990
(julio 6)
POR EL CUAL SE APRUEBA Y SE ADICIONA EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DE ALGUNAS SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA SUJETAS AL REGIMEN DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la del literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley 38 de 1989, el Consejo Superior de Política Fiscal-Confis-rindió concepto favorable a la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional del presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa de Energía del Quindío S.A.; así mismo, rindió concepto favorable sobre las modificaciones a los presupuestos de Electrificadora de Santander S. A., Empresa Antioqueña de Energía S. A. y Empresa Colombiana de Vías Férreas, que se sometieron a su consideración en la sesión el 29 de mayo de 1990.
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 18 del Decreto 3077 de 1989, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable sobre las adiciones de los presupuestos de Inversión, mediante los oficios números UIP-11-069-90, UIP-26-016-90 Y UIP-26-015-90;
Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico, se debe proceder a la aprobación del presupuesto para garantizar la adecuada prestación del servicio y el pago oportuno de la deuda;
Que las operaciones anteriormente citadas se encuentran debidamente sustentadas en los mayores recaudos por ingresos.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en la Ley 38 y en el Decreto 3077 de 1989,
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las siguientes entidades en la cuantía y detalle correspondientes:
0055
EMPRESA DE ENERGÍA DEL QUINDIO S. A
005501
Ingresos corrientes
$3.911.811.000.00
005502
Ingresos de Capital
137.267.000.00
Total Ingresos
4.049.078.000.00
005503
Gastos de Funcionamiento
876.686.108.00
005504
Servicio de la Deuda
198.443.000.00
005505
Gastos de Inversión
88.877.892.00
005506
Gastos de Operación
2.885.071.000.00
Total Gastos
4.049.078.000.00
Artículo 2º Adiciónase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las siguientes entidades en la cuantía y detalle correspondientes:
0030
ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A.
003001
Ingresos Corrientes
$ 275.000.000.00
003002
Ingresos de Capital
362.559.000.00
Total
Ingresos
637.559.000.00
003004
Gastos de Funcionamiento
375.000.000.00
003006
Gastos de Inversión
262.559.000.00
Total Gastos
637.559.000.00
0032
EMPRESA ANTIOQUEÑA DE ENERGÍA S.A.
003201
Ingresos Corrientes
$ 878.702.000.00
003202
Ingresos de Capital
1.758.399.800.00
Total Ingresos
2.637.101.800.00
003206
Gastos de Inversión
2.637.101.800.00
Total Gastos
2.637.101.800.00
0050
EMPRESA COLOMBIANA DE VÍAS FERREAS
005001
Ingresos Corrientes
$ 400.000.000.00
Total Ingresos
400.000.000.00
005004
Gastos de Funcionamiento
400.000.000.00
Total Gastos
400.000.000.00
Artículo 3º La Empresa de Energía del Quindío S.A. deberá acogerse a lo dispuesto en los artículos 5º y 6º del Decreto número 245 del 25 de enero de 1990.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA; la Ministra de Minas y Energía, MARGARITA MENA DE QUEVEDO; la Ministra de Obras Públicas y Transporte, PRISCILA CEBALLOS ORDÓÑEZ; el Jefe del Departamento Nacional de Planeación, LUIS BERNARDO FLÓREZ ENCISO.