DECRETO 1445 DE 1990
(julio 6)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2359 de 1991, artículo 3º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1171 de 1991 y por el Decreto 281 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Las funciones propias de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Nº de cargos
Denominación del Empleo
Código
Grado
Despacho del Director
1
Director General de Crédito Público
0120
14
1
Asesor
1020
04
1
Técnico Administrativo
4065
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
Oficina de Planeación y Análisis Financiero
1
Jefe de Oficina
2045
18
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Subdirección de Crédito Público Externo
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Coordinador
5005
19
2
Traductor
4070
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
División Jurídica de Crédito Público Externo
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
12
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
2
Profesional Especializado
3010
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Secretario
5140
10
División de Financiamiento Oficial
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
División de Financiamiento Comercial
1
Jefe de División
2040
16
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Sección de Banca Comercial
1
Jefe de Sección
2075
08
1
Profesional Especializado
3010
12
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
1
Secretario
5140
10
Sección de Banca de Fomento y de Proveedores
1
Jefe de Sección
2075
08
1
Profesional Especializado
3010
09
2
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
10
División de Ejecución y Control
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Secretario
5140
10
Subdirección de Crédito Público Interno
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
División Jurídica de Crédito Público Interno
1
Jefe División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
División de Financiamiento Interno
1
Jefe de División
2040
16
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Sección de Tramitación y Control
1
Jefe de Sección
2075
06
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Sección Fiduciaria
1
Jefe de Sección
2075
06
2
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
10
Sección de Créditos del Presupuesto Nacional
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Profesional Especializado
3010
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
08
Subdirección Operativa
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
División de Servicio de la Deuda
1
Jefe de División
2040
16
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Sección de la Deuda de la Nación
1
Jefe de Sección
2075
06
2
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
10
Sección de la Deuda de otras Entidades Públicas
1
Jefe de Sección
2075
08
1
Profesional Especializado
3010
09
2
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Secretario
5140
08
División de Registro de la Deuda
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
08
3
Profesional Universitario
3020
06
1
Técnico en Presupuesto
4035
13
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Secretario
5140
06
División de Sistemas
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Programador de Sistemas
4060
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
División Administrativa
1
Jefe de División
2040
12
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Técnico Administrativo
4065
09
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
Sección de Archivo y Correspondencia
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
5
Auxiliar Administrativo
5120
09
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial los Decretos 2639 de 1986 y 1528 de 1988.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 6 de julio de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.