DECRETO 1351 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 1351 DE 1990        

(junio 27)        

         

POR EL CUAL SE SUPRIME Y SE CREA UN CARGO EN EL SERVICIO EXTERIOR DE LA    REPUBLICA Y SE HACE UN NOMBRAMIENTO.        

         

El    Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le    confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,        

DECRETA:        

Artículo    1o. A partir del 15 de junio de 1990, suprímese en la Misión Permanente de    Colombia ante la organización de los Estados Americanos, OEA, con sede en    Washington, Estados Unidos de América, un (1) cargo de Segundo Secretario,    Grado ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de mil novecientos    setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1972.80), actualmente ocupado por la    doctora Consuelo Sánchez Durán.        

Artículo    2o. A partir del 15 de junio de 1990, créase en la Embajada de Colombia ante el    Gobierno de la República de Estados Unidos de América, un (1) cargo de Segundo    Secretario, grado ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de mil    novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1972.80).        

Artículo    3o. A partir del 15 de junio de 1990, nombrase a la doctora Consuelo Sánchez    Durán, Segundo Secretario, Grado ocupacional 2 EX, en la Embajada de Colombia    ante el Gobierno de Estados Unidos de América, cargo creado mediante el    artículo 2o. del presente Decreto.        

Artículo    4o. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se    pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.        

Artículo    5o. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.        

Publíquese, comuníquese y cúmplase.        

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de junio de    1990.        

VIRGILIO BARCO        

El Ministro de Relaciones Exteriores,        

JULIO LONDOÑO PAREDES.        

El Ministro de Hacienda y Crédito    Público,        

LUIS    FERNANDO ALARCON MANTILLA.                            

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