DECRETO 1322 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO  1322 DE 1990        

(junio 22)        

POR EL CUAL SE DELEGAN ALGUNAS FUNCIONES    CONSTITUCIONALES.        

El    Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le    confiere el articulo 128 de la Constitución Política, y        

CONSIDERANDO:        

Que    el Jefe del Estado viajará, a partir del día 24 de junio de 1990, para    entrevistarse en visita oficial con el doctor Patricio Aylwin Azocar,    Presidente de la República de Chile, con el fin de tratar asuntos comunes a los    dos países;        

Que    en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de    Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro    Delegatario,        

DECRETA:        

Artículo    1o. Deléganse en el Ministro de Gobierno, Horacio Serpa Uribe, por el tiempo    que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones    constitucionales:        

a)    Artículo 118, numerales 7o. y 8o. .        

b)    Artículo 119, numerales 2o. y 4o. .        

c)    Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.        

Artículo    2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.        

Publíquese    y cúmplase.        

Dado    en Bogotá, D. E., a 22 de junio de 1990.        

VIRGILIO    BARCO        

El    Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,        

GERMAN    MONTOYA VELEZ.                            

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