DECRETO 115 DE 1991
(enero 14)
POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS GASTOS DE REPRESENTACIÓN PARA LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, CON CARÁCTER DE JEFES DE MISIÓN DIPLOMÁTICA DE COLOMBIA EN ELEXTERIOR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA SALARIAL.
Nota 1: Derogado por el Decreto 879 de 1992, artículo 9º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 150 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1° de la Ley 60 de 1990,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Los Embajadores con carácter de jefes de misión y de grado ocupacional 7 EX u 8 EX, tendrán derecho a que se les reconozcan los gastos efectuados para atender las actividades diplomáticas propias de su cargo, hasta las siguientes cuantías:
NIVEL DE LA MISIÓN
VALOR MENSUAL EN US$
1
337
2
676
3
1.125
4
2.251
5
3.939
PARAGRAFO. Modificado por el Decreto 150 de 1991, artículo 7º. Los gastos de representación que se asignen a los jefes de las Misiones Diplomáticas de Colombia en el exterior, no tendrán para ningún efecto legal el carácter de factor salarial.
Texto inicial del parágrafo: “Para tal efecto, dichos funcionarios legalizarán ante el Ministerio de Relaciones Exteriores los gastos efectuados, cada dos meses. No podrá girarse el valor correspondiente al mes siguiente a la rendición de la cuenta a quienes no hayan efectuado la legalización. El Ministerio de Relaciones Exteriores exigirá anualmente el reintegro o la compensación de los valores girados y no legalizados.”.
ARTICULO 2o. El Ministro de Relaciones Exteriores y el Viceministro, tendrán derecho por concepto de viáticos diarios hasta la suma de cuatrocientos dólares (US$400) y trescientos cincuenta dólares (US$350), respectivamente, cuando deban cumplir comisiones de servicios en el exterior.
ARTICULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial el artículo 2° del Decreto 123 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 14 de enero de 1991.
CESAR GAVIRIA
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
RODRIGO PARDO GARCÍA-PEÑA.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUÑA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.