DECRETO 105 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 105 DE 1991    

(enero  14)    

     

POR EL CUAL SE FIJA EL  AUXILIO DE ALIMENTACION PARA LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL FONDO NACIONAL DE  PROYECTOS DE DESARROLLO, FONADE.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 885 de 1992,  artículo 4º.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  extraordinarias que le confiere el artículo 1º de la Ley 60 de 1990,    

     

D E C R  E T A:    

     

ARTICULO 1o.  A partir del 1º. de enero de 1991, el auxilio de alimentación para los  empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos  de Desarrollo, FONADE, será de cuatrocientos setenta y seis pesos ($476.00)  moneda corriente diarios, que se pagarán por cada día hábil laborado, con  excepción de los funcionarios de los niveles directivo y asesor.    

     

No tendrá  derecho a este auxilio el personal que se encuentre en disfrute de vacaciones o  en uso de licencia.    

     

ARTICULO 2o.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las  disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto ley 84 de  1990 y surte efectos fiscales a partir del 1º. de enero de 1991.    

     

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D.E., a 14 de enero de 1991.    

     

CESAR  GAVIRIA    

     

El  Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del  Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

     

LUIS  FERNANDO RAMIREZ ACUÑA.    

     

El Jefe del  Departamento Nacional de Planeación,    

     

ARMANDO  MONTENEGRO TRUJILLO.    

     

El Jefe del  Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

     

CARLOS  HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.          

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