DECRETO 1014 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 1014 DE 1990        

(mayo    14)        

por el cual se concede una autorización para    gestionar la contratación de créditos externos hasta por la suma total de us$    54.000.000 de los estados unidos de américa.        

El Presidente de la República de Colombia, en    uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo    225 del Decreto 222 de 1983,    y        

         

CONSIDERANDO:        

Que de conformidad con lo establecido en el    artículo 225 del Decreto número    222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social en sesión    de diciembre 3 de 1987, conceptuó favorablemente para que el Gobierno Nacional    iniciará gestiones para la contratación de créditos externos hasta por la suma    de quinientos trece millones de dólares (US$ 513.000.000) de los Estados Unidos    de América o su equivalente en otras monedas, con destino al Ministerio de    Defensa Nacional para financiar el Plan de desarrollo y Modernización de la    Fuerzas Militares, según consta en el Oficio CONPES-059 del 7 de diciembre de    1987;        

Que con cargo al monto señalado en el CONPES    citado y para el Plan de Desarrollo y Modernización de las Fuerzas Militares,    el Gobierno Nacional ha contratado créditos externos con Israel Aircraft    Industries Ltd. por la suma de US$ 200.000.000 y con Private Funding    Corporation por la suma de US$73.127.714 y cuenta con una autorización para    gestionar créditos externos por US$ 50.000.000 de la cual queda por comprometer    la suma de US$ 10.818.330.61; Que por Decreto número    3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al    Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas    legales hacen incompatible la actuación del Ministro Titular,        

         

DECRETA:        

Artículo 1. Autorízase a los Ministros de    Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o    separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional la contratación de    créditos externos hasta por la suma total de cincuenta y cuatro millones de    dólares (US$ 54.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a    financiar la adquisición de bienes y servicios asociados al Plan de Desarrollo    y Modernización de las Fuerzas Militares, en las siguientes condiciones:        

a) Mínimo cuarenta y cinco millones novecientos    mil dólares (US$ 45.900.000) correspodientes al ochenta y cinco por ciento    (85%) del valor de las adquisiciones y de la comisión de riesgo, con un plazo    mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir del sexto    mes de la entrega de los bienes y servicios y un interés sobre saldos deudores    máximo de nueve un octavo por ciento (9 1/8%) anual fijo o de un cuarto por    ciento (1/4%) anual sobre LIBOR y demás gastos y comisiones propios de esta    clase de operaciones. Este crédito contará con la garantía del Export-Import    Bank de los Estados Unidos de América, y        

b) Máximo ocho millones cien mil dólares (US$    8.100.000), correspondientes al quince por ciento (15%) del valor de las    adquisiciones y de la comisión de riesgo cobrada por el Export-Import Bank de    los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo para su total amortización    de cinco (5) años, contados a partir de la firma del contrato de préstamo,    incluido un período de gracia mínimo de dos (2) años y un interés sobre saldos    deudores máximo de siete octavos por ciento (7/8%) anual sobre LIBOR o de nueve    punto cinco por ciento (9.5%) anual fijo y demás gastos y comisiones propios de    esta clase de operaciones.        

Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de    la fecha de su publicación en el DIARIO    OFICIAL, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por    el Director General de Crédito Público.        

Publíquese, comuníquese y cúmplase.        

Dado en Bogotá . D. E., a 14 de mayo de    1990.        

         

VIRGILIO    BARCO        

El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad    hoc,        

Luis Fernando Ramírez Acuña.

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