DECRETO 996 DE 1984
(abril 24)
Por el cual se reglamenta Parcialmente el Decreto ley 222 de 1983.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 120, numeral 3, de la Constitución Nacional,
DECRETA
Artículo 1º. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 126 del Decreto 222 de 1983, entiéndese como Consultores Colombianos a las personas naturales de nacionalidad colombiana, que con título universitario se dediquen a las actividades de, consultoría a que se refiere el artículo 115 del Decreto ley 222 de 1983,
Igualmente, son Consultores Colombianos las personas jurídicas racionales que se dediquen a las actividades mencionadas en el inciso anterior cuyo capital pertenezca en un 80% por lo menos a nacionales colombianos, siempre y cuando su dirección se encuentre a cargo de personas naturales de nacionalidad colombiana.
Artículo 2º. Para asegurar la transferencia de tecnología, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto 222 de 1983, en los contratos de consultoría en que coparticipen nacionales y extranjeros deberá estipularse la intervención de los nacionales en la ejecución de los mismos en todas sus etapas, desde su iniciación hasta su terminación, así como la participación efectiva de los nacionales en la toma de decisiones.
En caso de ser necesarias en la ejecución del contrato la realización de algunas actividades fuera del territorio colombiano, éstas deberán especificarse en el mismo y estipularse la participación en ellas de los Consultores Nacionales.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de abril de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno, Alfonso Gómez Gómez. El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Lloreda Caicedo. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, (encargado), Florángela Gómez de Arango. El Ministro de Defensa Nacional, General Gustavo Matamoros D’Costa. El Ministro de Agricultura, Gustavo Castro Guerrero. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Alberto González M. El Ministro de Salud, Jaime Arias Ramírez. El Ministro de Desarrollo Económico, Rodrigo Marín, Bernal. El Ministro de minas y Energía, Carlos Martínez Simahán. El Ministro de Educación Nacional, Rodrigo Escobar Navia. El Ministro de Comunicaciones, Nohemí Sanín Posada. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peralta. El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, (E), Liliam Suárez Melo. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Jorge Ospina Sardi, El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Mauricio Ferro Calvo. El Jefe del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil, Juan Guillermo Penagos Estrada. El jefe del Departamento Administrativo Nacional de Intendencias y Comisarías, Héctor Moreno Reyes. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Ericina Mendoza Saladén. El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, General (r) Alvaro Arenas Suárez.