DECRETO 986 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 986 DE 1988    

(mayo 20)    

     

Por  el cual se promulga un Tratado Internacional.    

     

El  Presidente de la República de Colombia. en uso de las facultades que le otorga  el artículo 120, ordinal 20 de la Constitución Nacional y en cumplimiento de la  Ley 7ª de 1944 y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que la Ley 7ª de  noviembre de 1944 en su artículo 2°  ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea  perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;    

Que el 13 de  abril de 1988, Colombia notificó al Director General del Centro Internacional  de Agricultura Tropical, CIAT, la aprobación de Congreso Nacional mediante Ley 29 de 1988  publicada en el DIARIO OFICIAL número 38364. del “Convenio entre el  Gobierno de la República de Colombia y el Centro Internacional de Agricultura  Tropical, CIAT”, suscrito o en Bogotá, el 5 de mayo de 1987; instrumento  internacional que entro en valor el 12 de mayo de 1988, treinta días después de  la fecha de la notificación antes señalada de conformidad con el artículo  octavo (8°) del Convenio;    

Que de  conformidad con el literal d) del artículo 44 del Decreto‑ley  2017 de 1968, “Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores”,  no es necesario reproducir en el Decreto de Promulgación de un tratado o  convenio internacional el texto integro del mismo ya ha sido publicado en el  DIARIO OFICIAL, como parte de la ley aprobatoria.    

     

DECRETA:    

     

Artículo  único. Declárase vigente para Colombia desde el 12 de mayo de 1988 el  “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Centro  Internacional de Agricultura Tropical, CIAT”, suscrito en Bogotá el 5 de  mayo de 1987.    

Este Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y  cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 20 de mayo de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Relaciones Exteriores,    

JULIO  LONDOÑO PAREDES.    

           

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