DECRETO 910 DE 1985
(marzo 29)
Por el cual se ordena fijar el valor máximo de las nominas de personal de las entidades territoriales.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 120, 181 y 182 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Dentro de los quince (15) días siguientes a la expedición de este Decreto, los gobernadores y el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá, expedirán normas análogas a las del Decreto Nacional 1028 de 1984 para fijar hasta el 31 de diciembre de 1985 el valor máximo de las nóminas de personal de la administración pública en sus respectivas jurisdicciones territoriales, el cual no podrá ser superior al que tuvieren el 31 de marzo del presente año.
Artículo 2° Los gobernadores ordenarán mediante decreto departamental, a los alcaldes de los municipios de su respectiva jurisdicción que en términos similares a los de este Decreto y el Decreto Nacional 1028 de 1984, fijen el valor máximo de la nómina de personal de las administraciones municipales hasta el 31 de diciembre de 1985, el cual no podrá ser superior al que tuvieren el 31 de marzo del presente año.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición,
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D, E., a 29 de marzo de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno,
JAIME CASTRO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E),
MARIA MERCEDES CUELLAR DE MARTINEZ.