DECRETO 874 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 874  DE 1985    

(marzo 26)    

     

por el cual se delegan algunas  funciones constitucionales.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del  Acto legislativo número 1 de 1977, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Presidente de la República  estará ausente del país durante los días 30 y 31 de marzo y 1º al 5 de abril de  1985, tiempo durante el cual asistirá, entre otros, a los siguientes actos:  entrevistas con los Jefes de Estado de Venezuela, Panamá, Costa Rica,  Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala, México y Estados Unidos, así como  para atender la invitación oficial que el Gobierno de este último país le ha  formulado;    

     

Que el Ministro de Relaciones  Exteriores, en razón de la precedencia establecida en las leyes y en  consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer funciones  constitucionales como Ministro Delegatario,    

     

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Deléganse, por el  tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, de acuerdo con los  considerandos de este Decreto, en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor  Augusto Ramírez Ocampo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados  en los numerales 5, 6, 7 y 8 del artículo 118; numeral 2º del artículo 119; numerales  2, 3, 6 y 7 del artículo 120 y en el artículo 121 de la Constitución Política.    

     

Artículo 2º Este Decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

 Dado en Bogotá, D. E., a 26 de  marzo de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

La Jefe del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República,    

LILIAM SUAREZ MELO.    

     

           

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