DECRETO 842 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO  842 DE 1987    

(mayo 13)    

     

por el cual se  modifica el artículo 4º del Decreto 3489 de 1982.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por  la Ley 09 de 1979,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Modificase el artículo  4° del Decreto 3489 de 1982,  el cual quedará así:    

     

“Artículo 4° El Comité  Nacional de Emergencias creado por el artículo 492 de la Ley 09 de 1979, estará  integrado por las siguientes personas:    

     

a) El Presidente de la República o  su delegado, quien lo presidirá;    

     

b) Los Ministros de Gobierno,  Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Agricultura, Salud,  Comunicaciones y Obras Públicas y Transporte;    

     

c) El Jefe del Departamento  Nacional de Planeación:    

     

d) Los Directores de la Defensa  Civil y de la Cruz Roja Colombiana; y,    

     

e) Dos representantes de las  Asociaciones Gremiales o Profesionales designados por el Presidente de la  República.    

     

Los Ministros del Despacho podrán  delegar su asistencia únicamente en los Viceministros o en los Secretarios  Generales de los respectivos Ministerios. El Ministro de Defensa Nacional podrá  delegar también su asistencia en el Comandante General de las Fuerzas  Militares.    

     

Parágrafo. Actuará como Secretario  del Comité, el Secretario Nacional de la Defensa Civil Colombiana”.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 12 de  mayo de 1987.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de Gobierno, FERNANDO  CEPEDA ULLOA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, CESAR GAVIRIA  TRUJILLO. El Ministro de Defensa Nacional, General RAFAEL SAMUDIO MOLINA. El  Ministro de Agricultura, LUIS GUILLERMO PARRA DUSSAN. El Ministro de Salud,  JOSE GRANADA RODRIGUEZ. El Ministro de Comunicaciones, EDMUNDO LOPEZ GOMEZ. El  Ministro de Obras Públicas y Transporte, LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA. La  Jefe del Departamento Nacional de Planeación, MARIA MERCEDES CUELLAR DE  MARTINEZ.    

           

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