DECRETO 838 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 838 DE 1989    

(abril 24)     

por el cual  se modifica el Decreto  2632 del 21 de diciembre de 1988.     

Nota: Derogado por el Decreto 1666 de 1991,  artículo 14.     

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 120 de  la Constitución Política,    

DECRETA:    

ARTICULO 1° El artículo 1° del Decreto 2632 de 1988,  quedará así:    

“Artículo 1° Las normas de este Decreto, con las  excepciones en él indicadas, se aplican a los empleados oficiales de los  ministerios, departamentos administrativos, unidades administrativas  especiales, superintendencias, establecimientos públicos, empresas industriales  y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta asimiladas al régimen  legal aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado, del orden  nacional, así como a los miembros de las juntas o consejos directivos o  superiores de entidades descentralizadas del orden nacional que tengan la  calidad de empleados oficiales”.    

ARTICULO 2° Derógase la regla tercera (3ª) del  artículo 6° del Decreto 2632 de 1988.    

ARTICULO 3° Las comisiones de estudio en el exterior  de los empleados oficiales del orden nacional, reguladas en el Capítulo V del Decreto 2632 de 1988,  serán conferidas por las mismas autoridades y organismos competentes para  conferir comisiones del servicio en el exterior.    

ARTCULO 4° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y modifica parcialmente el Decreto 2632 de 1988.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D, E., a 24 de abril de 1989.    

VIRGILIO BARCO    

El  Ministro de Gobierno,    

RAUL OREJUELA BUENO;    

El  Ministro de Relaciones Exteriores,    

JULIO LONDOÑO PAREDES;    

El  Ministro de Justicia,    

GUILLERMO PLAZAS ALCID;    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA;    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

General MANUEL JAIME GUERRERO PAZ;    

EL  Ministro de Agricultura    

GABRIEL ROSAS VEGA;    

El  Ministro de Desarrollo Económico,    

CARLOS ARTURO MARULANDA;    

El  Ministro de Minas y Energía,    

OSCAR MEJIA VALLEJO;    

El  Ministro de Educación Nacional,    

MANUEL FRANCISCO BECERRA BARNEY;    

La  Ministra de Trabajo y Seguridad Social;    

MARIA TERESA FORERO DE SAADE;    

El  Ministro de Salud,    

EDUARDO DIAZ URIBE;    

El  Ministro de Comunicaciones    

CARLOS LEMOS SIMMONDS;    

La  Ministra de Obras Públicas y Transporte,    

LUZ PRISCILA CEBALLOS ORDOÑEZ;    

El Jefe  del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

GERMAN MONTOYA VELEZ;    

La Jefe  del Departamento Nacional de Planeación,    

MARIA MERCEDES CUELLAR DE MARTINEZ;    

El Jefe  del Departamento Administrativo Nacional de Estadística    

ALFONSO GONZALEZ CARO;    

El Jefe  del Departamento Administrativo de Seguridad,    

General MIGUEL MAZA MARQUEZ;    

El Jefe  del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,    

YEZID CASTAÑO GONZALEZ;    

El Jefe  del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,    

JOSE NOE RIOS MUÑOZ;    

El Jefe  del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas,    

BARLAHAN HENAO HOYOS;    

el Jefe  del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

JOAQUIN BARRETO RUIZ.              

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