DECRETO 819 DE 1986
(marzo 11)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 033, emanado del Consejo Nacional de Seguros Sociales obligatorios.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la conferida en el artículo 43 del Decreto ley 1650 de 1977,
DECRETA:
ARTÍCULO 1° Aprobar el Acuerdo número 033 del 13 de febrero de 1986, expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 033 DE 1986
por el cual se modifica el Acuerdo número 04 del 1° de diciembre de 1981, aprobado por Decreto 231 de 1982.
El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el articulo 43, literales a) y c) del Decreto ley 1650 de 1977,
ACUERDA:
Artículo 1º Modificar el Acuerdo número 04 del 1° de diciembre de 1981, aprobado por Decreto 231 de 1982 en el sentido de determinar que se trata de la Comisaría del Amazonas y no de la Intendencia del Amazonas, como allí se indica.
Artículo 2º En cumplimiento de lo establecido en el inciso último del artículo 43 del Decreto ley 1650 de 1977, el presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los trece (13) días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis (1986).
(fdo.) El Presidente,
JORGE CARRILLO ROJAS.
(Fdo.) El Secretario ad hoc,
MARIO CHEMÁS.
ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de marzo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
JORGE CARRILLO ROJAS.
El Ministro de Salud,
EFRAIM OTERO RUIZ.