DECRETO 818 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 818 DE 1989    

(abril  19)    

por  el cual se crea un consulado y un cargo en el servicio exterior de la  República.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la  Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1° A partir del 1° de junio de 1989,  créase el Consulado de Segunda Clase de Colombia en Nueva Loja-Ecuador, con  jurisdicción en las Provincias de Sucumbíos y Napo.    

Artículo 2° A partir del 1° de junio de 1989,  créase en el Consulado de Segunda Clase de Colombia en Nueva Loja-Ecuador, el  cargo de Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación  básica mensual de un mil novecientos quince dólares con 34/100 (US$ 1915.34).    

Artículo 3° Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de abril de 1989.    

VIRGILIO  BARCO    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

JULIO  LONDOÑO PAREDES.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS  FERNANDO ALARCON MANTILLA.

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