DECRETO 787 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 787 DE 1984

(abril 2)    

     

por el  cual se introduce una modificación en el Arancel de Aduanas.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la  Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la   Ley 6ª de 1971 y oído  el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Señálase en 20% el gravamen ad-valorem para  los productos clasificables por la posición 25.23.00.03 del Arancel de Aduanas.    

     

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de abril de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Edgar  Gutiérrez Castro.          

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