DECRETO 786 DE 1989
(abril 18)
por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 652 de fecha 31 de marzo de 1989.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Aplázase la vigencia del Decreto número 652 de fecha 31 de marzo de 1989, hasta el 1º de junio de 1989.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
JULIO LONDOÑO PAREDES.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.