DECRETO 76 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 76 DE 1989    

(enero  10)    

por  el cual se modifica el Decreto 1723 de 1987    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le  confiere el ordinal 3º del articulo 120 de la Constitución Nacional,    

DECRETA:    

Articulo 1º.-El inciso primero del articulo 6º del Decreto 1723 de 1987  quedará así:    

“En desarrollo del proceso de liquidación  ordenado por el articulo 2º del Decreto 77 de 1987,  el Instituto de Fomento Municipal, Insfopal, enajenará, antes del 15 de enero  de 1989 y en favor de las entidades territoriales, los derechos sociales de que  sea titular en las empresas de obras sanitarias (Empos), en las sociedades de  acueductos y alcantarillados (Acuas) y en las compañías o empresas de servicios  públicos. Las entidades territoriales podrán adquirir los mencionados derechos  directamente o a través de sus entidades descentralizadas”.    

Articulo 2º.-El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación en el Diario Oficial.    

Publíquese y cúmplase.    

VIRGILIO  BARCO.    

El Ministro de Gobierno,    

César  Gaviria Trujillo.    

El Ministro de Salud,    

Luis  H. Arraut Esquivel.    

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,    

María  Mercedes de Martínez.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *