DECRETO 72 DE 1988
(enero 18)
por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de Estado y el otorgamiento de títulos.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus funciones legales, y en especial de las que le confiere el literal e) del articulo 18 del Decreto Ley 81 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro Latino Francés de Carreras Profesionales Intermedias-CENLAF-, con domicilio en Bogotá, tuvo licencias de funcionamiento para ofrecer los programas técnicos profesionales en Ecología y Rendimiento Humano, en Educación Recreacional y Artística y en Organización y Promoción de Empresas, la cual está vencida desde el 31 de diciembre de 1981, según la Resolución 1768 del 14 de diciembre de 1981, expedida por el Director General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior-ICFES-.
Que, mediante el Acuerdo 238 del 4 de octubre de 1984, la Junta Directiva del ICFES negó la prórroga de la licencia de funcionamiento para los mencionados programas, exigió al CENLAF cumplir obligaciones en el término de un año y le ordenó la no admisión de estudiantes en el primer período académico de los programas;
Que los citados programas no funcionan desde el primer período académico de 1985;
Que, en la actualidad, están en la condición de egresados sin grado treinta y seis (36) personas según la síntesis de los procesos evaluativos realizados al CENLAF en febrero de 1987, por la División Técnica Profesional del ICFES, y de conformidad con el listado que la institución de educación superior presentó con la comunicación del 29 de septiembre de 1987, suscrita por su Rectora;
Que, en el caso en cuestión, es procedente autorizar al CENLAF la práctica de exámenes de Estado y el otorgamiento de títulos, con fundamento en la letra e) del articulo 18 del Decreto Ley 81 de 1980.
DECRETA:
Articulo 1º.-Autorizar, hasta el 31 de marzo de 1988, al Centro Latino Francés de Carreras Profesionales Intermedias-CENLAF-con domicilio en Bogotá, para practicas exámenes de Estado y otorgar a treinta y seis (36) egresados el título que les corresponda, según la siguiente distribución:
* A nueve (9) egresados el título de Técnico Profesional en Ecología y Rendimiento Humano;
* A diez (10) egresados, el título de Técnico Profesional en Educación Recreación y Artística; y
* A diecisiete (17) egresados, el título de Técnico Profesional en Organización y Programación de Empresas.
Articulo 2º.-Los títulos los otorgará el CENLAF únicamente a los egresados que acrediten su grado de bachiller o el certificado de equivalencia del grado de bachiller en los términos de los artículos 2º y 3º del Decreto 2746 de 1980 y que, además, hayan aprobado el examen de Estado que les practique dicho Centro.
Parágrafo. Los gastos de los exámenes de Estado correrán por cuenta de los interesados.
Articulo 3º.-El Directo General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior-ICFES-podrá convenir con el CENLAF los procedimientos y fechas para la práctica de los exámenes de Estado, según el listado de egresados que ya presentó la institución de educación superior.
Articulo 4º.-Dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del término a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto el Centro Latino Francés de Carreras Profesionales Intermedias-CENLAF-, presentará en el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior-ICFES-el listado de los egresados examinados, así como el de los titulados, con la indicación de los correspondientes documentos de identidad.
Articulo 5º.-Para efectos del registro oficial de los títulos que expida el Centro Latino Francés de Carreras Profesionales Intermedias-CENLAF-con fundamento en la autorización que se concede por el presente Decreto, el texto del mismo se comunicará, junto con el listado de los egresados, a la Secretaria de Educación del Distrito Especial de Bogotá, por intermedio de la División de Evaluación Jurídica del ICFES.
Articulo 6º.-Este Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E, a 18 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Educación nacional,
Antonio Yepes Parra.