DECRETO 70 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 70 DE 1988    

(enero 15)    

por el cual se aprueba el Acuerdo número 015 de 1987 que  establece la estructura orgánica de la Zona Franca Industrial y Comercial de  Buenaventura y se determinan las funciones de sus dependencias.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las  conferidas por el articulo 26 del Decreto  extraordinario 1050 de 1968,    

DECRETA:    

Articulo 1º.-Apruébase en  todas sus partes el Acuerdo número 015 del 7 de octubre de 1987, emanado de la  Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, cuyo  texto es el siguiente:    

«ACUERDO NÚMERO 015 DE 1987    

“por el cual se  establece la estructura orgánica de la Zona Franca Industrial y Comercial de  Buenaventura y se determinan las funciones de sus dependencias”.    

La Junta Directiva de la  Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, en ejercicio de sus  facultades legales y estatutarias, y oído el concepto de al Secretaria de  Administración Pública de la Presidencia de la República,    

ACUERDA:    

Capitulo I    

De la Estructura Orgánica    

Articulo 1º.-Para el  cumplimiento de sus objetivos la Zona Franca Industrial y Comercial de  Buenaventura, tendrá la siguiente Estructura Interna:    

1. Junta Directiva    

2. Gerencia    

2.1. Oficina de  Planeación    

3. Subgerencia General    

3.1. División Industrial    

3.2. División Comercial    

3.2.1 Sección de  Operaciones    

3.3. División Técnica    

3.4. División Financiera    

3.4.1. Sección de  Contabilidad y Presupuesto    

3.4.2. Sección de  Tesorería    

3.5. División  Administrativa    

3.5.1. Sección Personal    

3.5.2. Sección de Almacén    

4. Organos de Asesoría y  Coordinación    

4.1. Comité de Gerencia    

4.2. Junta de  Licitaciones y Adquisiciones    

4.3. Comisión de  Personal.    

Capitulo II    

De la Funciones    

Articulo 2º.-Junta  Directiva y Gerencia. La Junta Directiva y el Gerente cumplirán las funciones  asignadas en la Ley 109 de 1985, en  los Estatutos de la Entidad y en las demás disposiciones legales que los  adicionan, modifiquen o sustituyan.    

Articulo 3º.-Oficina de  Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación:    

a) Asesorar a la Gerencia  en la formulación y evaluación de los planes, programas y proyectos que deba  realizar la Zona Franca;    

b) Realizar  investigaciones tendientes a determinar la situación económica y social del  área de influencia y del país en general;    

c) Elaborar en  coordinación con la Subgerencia General los Planes y programas que se requieran  para el cumplimiento de los objetivos de la Entidad;    

d) Evaluar en  coordinación con la División Técnica el desarrollo de los programas y proyectos  que adelante la Zona;    

e) Programar y coordinar  con la Subgerencia General, la elaboración del proyecto anual de presupuesto uy  someterlo a consideración de la Gerencia;    

f) Elaborar en  coordinación con las demás dependencias los estudios sobre organización,  métodos y procedimientos, presentarlos a la Gerencia una vez aprobados  coordinar su implantación;    

g) Organizar y llevar las  estadísticas de la Zona Franca y presentar los informes que le san solicitados;    

h) Organizar y  desarrollar las actividades necesarias para el procesamiento de la información  técnica y administrativa de la Zona;    

i) Colaborar con la  Sección de Personal en la elaboración de los manuales descriptivos de funciones  y de requisitos a nivel de cargo;    

j) Elaborar los estudios  de factibilidad tecnicoeconómica de los proyectos que pretenda desarrollar la  Zona;    

k) Elaborar para la  consideración de la Gerencia, propuestas sobre modificaciones de las tarifas  que cobre la Zona pro la prestación de los servicios;    

l) Las demás que le sean  asignadas y que corresponda a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 4º.-Subgerencia  General. Son funciones de la Subgerencia General las siguientes:    

a) Dirigir, coordinar y  controlar el desarrollo de las actividades administrativas, financieras y  técnicas de la Zona Franca, de acuerdo con las políticas y programas  establecidos por la Junta Directiva y la Gerencia;    

b) Asistir a la Gerencia  en la formulación de políticas, programas y proyectos que se consideren  convenientes para el cumplimiento del objetivo de la Zona Franca;    

c) Coordinar con la  ofician de Planeación la elaboración de programas y proyectos que se requieran  para el normal funcionamiento de la Zona Franca;    

d) Actuar como Secretario  de la Junta Directiva y refrendar los actos expedidos por la misma;    

e) Refrendar los actos  administrativos que expida el Gerente;    

f) Revisar los documentos  que deban someterse a la aprobación del Gerente;    

g) Llevar la  representación del Gerente cuando éste lo determine, en los actos o asuntos de  carácter técnico o administrativo y asistirlo en los asuntos que le sean  asignados;    

h) Controlar el  cumplimiento de las normas, reglamentos y procedimientos adaptados por la  Entidad para el desarrollo de sus actividades;    

i) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

j) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 5º.-División  Industrial, Son funciones de la División Industrial:    

a) Coordinar las  actividades que se realicen en el área industrial de la Zona, de acuerdo con  las normas legales y reglamentos establecidos;    

b) Ejecutar el plan anual  de promoción de la Zona Franca en coordinación con la Oficina de Planeación;    

c) Diseñar e implantar  programas encaminados a promover y facilitar la vinculación de empresas  industriales a la Zona Franca;    

d) Participar en las  actividades de promoción industrial programadas por el Gobierno Nacional;    

e) Preparar y divulgar  conforme a las directrices del Gobierno Nacional, programas de promoción de la  Zona Franca a nivel nacional e internacional;    

f) Presentar propuestas  de incentivos para propiciar la permanencia o establecimiento de las empresas  industriales en la Zona Franca;    

g) Asesorar a las  empresas industriales inscritas en la Zona Franca en la identificación de  mercados para la colocación de sus productos;    

h) Llevar y mantener  actualizado el registro de las empresas nacionales y extrajeras e instituciones  con las cuales la Zona Franca tenga relaciones de naturaleza promocional y de  operación;    

i) Elaborar en  coordinación con la Subgerencia el proyecto de la reglamentación sobre el  control de transito del personal vinculado a las empresas industriales que  operan en la Zona;    

j) Velar por el  cumplimiento de las obligaciones contractuales y de funcionamiento de la Zona  Franca;    

k) Realizar en  coordinación con la División Técnica el recibo y entrega de bodegas  industriales a los usuarios de la Zona Franca;    

l) Autorizar la entrega y  salida de mercancías, maquinaria y equipos del área industrial de la Zona,  previo el cumplimiento de los requisitos legales;    

ll) Autorizar la  transacción comercial entre empresas establecidas en la Zona Franca, previo  visto bueno de la gerencia;    

m) Llevar y mantener  registros actualizados de los bienes de origen nacional y extranjero de las  empresas industriales y efectuar inventarios selectivos;    

n) Llegar las  estadísticas relacionadas con la dependencia y presentarlas a la Oficina de  Planeación para su correspondientes consolidación;    

ñ) Elaborar en  coordinación con la Ofician de Planeación los estudios sobre modificación de  tarifas del área industrial;    

o) Prestar asesoría a los  usuarios de la Zona en todo lo relacionado con los trámites aduaneros y de  comercio exterior;    

p) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

q) Las demás que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 6º.-División  Comercial. Son funciones de la División Comercial:    

a) Autorizar la entrada o  salida de mercancías al área comercial de la Zona previo el cumplimiento de los  requisitos y normas establecidos para el efecto;    

b) Coordinar las  actividades que se realicen en el área comercial de la Zona de acuerdo a las  normas legales o reglamentos establecidos;    

c) Estudiar y proponer  sistemas y procedimientos para el mejor funcionamiento de las actividades  comerciales de la entidad;    

d) Prestar asesoría a los  usuarios de la zona en todo lo relacionado con los trámites aduaneros y de  comercio exterior;    

e) Presentar informes  sobre las variaciones de las operaciones comerciales ocurridas en la Zona  Franca y los demás que le sean solicitados;    

f) Elaborar en  coordinación con la Oficina de Planeación estudios sobre la modificación de  tarifas del área comercial;    

g) Dirigir, coordinar y  controlar las labores que desarrolle la Sección de Operaciones;    

h) Las demás que le sean  asignadas y corresponda a la naturaleza de la dependencia;    

Articulo 7º.-Sección de  Operaciones. Son funciones de la Sección de Operaciones:    

a) Coordinar y controlar  las operaciones de almacenamiento, distribución y conservación de las bodegas y  patios de la zona Franca;    

b) Controlar y supervisar  el cumplimiento de las normas establecidas para el recibo y entrega de las  mercancías, maquinaria y equipos consignados en la Zona Franca;    

c) Efectuar la revisión  de las mercancías enviadas diariamente por el Terminar Marítimo a la Zona  Franca;    

d) Coordinar en los  muelles del Terminal Marítimo la salida de mercancías con destino a la Zona  Franca;    

e) Coordinar el recibo de  las mercancías para establecer su ubicación, de acuerdo a la codificación  establecida en la Zona Franca;    

f) Controlar que los  costos de bodegaje, causados por la mercancía, maquinaria y equipo recibidos  por la zona Franca sean liquidados de acuerdo con las tarifas establecidas;    

g) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

h) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 8º.-División  Técnica. Son funciones de la División Técnica:    

a) Determinar los  criterios básicos y las normas de diseño para las obras que deba realizar la  Zona Franca;    

b) Realizar directamente  o por contrato los trabajos de diseño, ingeniería y construcción de las obras  que requiera la entidad;    

c) Analizar las  propuestas técnicas de estudios y diseños presentados por los contratistas para  la ejecución de las obras que deba adelantar la Zona;    

d) Preparar en  coordinación con la Oficina de Planeación, la programación para la ejecución de  las obras de acuerdo con los planes de construcción y disponibilidad  presupuestal;    

e) Estudiar las  especificaciones de las obras y formular las bases técnicas para los concursos,  licitaciones y contratos;    

f) Preparar la  liquidación de los contratos de las obras a su cargo y llevar el registro  actualizado de sus costos;    

g) Controlar la ejecución  de los trabajos y actividades de los contratistas por medio de interventores;    

h) Organizar y mantener  actualizado el registro de contratistas;    

i) Velar por el  mantenimiento de las distintas instalaciones de la Zona Franca;    

j) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

k) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 9º.-División  Financiera. Son funciones de la División Financiera:    

a) Dirigir coordinar y  controlar las operaciones financieras y contables de la Zona Franca;    

b) Estudiar y analizar  los informes y estados financieros y someterlos a consideración de la  Subgerencia General;    

c) Elaborar en  coordinación con la Oficina de Planeación, el proyecto de presupuesto anual de  la entidad y velar por su correcta ejecución;    

d) Preparar los proyectos  de acuerdos mensuales de ordenación del gasto, de obligaciones así como los  traslados y modificaciones al presupuesto;    

e) Dirigir, coordinar y  controlar el movimiento y custodia de los fundos y valores de la Zona Franca;    

f) Expedir los  certificados de disponibilidad y reserva presupuestal;    

g) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

h) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 10.-Sección de  Contabilidad y Presupuesto. Son funciones de la Sección de Contabilidad y  Presupuesto:    

a) Llevar la contabilidad  de la Zona Franca de acuerdo a las normas legales establecidas;    

b) Elaborar los balances  consolidados y los estados financieros de la Zona Franca, efectuar el análisis  y presentar informes de los mismos;    

c) Efectuar el control  contable sobre los inventarios y activos fijos de la Entidad;    

d) Controlar la ejecución  financiera del presupuesto;    

e) Llevar el control de  la cartera de la Zona, elaborar e implantar los sistemas y procedimientos que  se estimen convenientes a fin de agilizar el cobro respectivo;    

f) Llegar el registro de  actualizado de las cuentas de los usuarios de la Zona Franca;    

g) Presentar los informes  que le sean solicitados sobre las actividades desarrolladas;    

h) Las demás que le sean  asignadas y que corresponda a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 11.-Sección de  Tesorería. Son funciones de la Sección de Tesorería:    

a) Recaudar y custodiar  los fondos y valores de la Zona;    

b) Realizar los giros  bancarios, traslados de fondos, avances y pagos de acuerdo con los  procedimientos y disposiciones sobre el particular;    

c) Efectuar las  conciliaciones bancarias;    

d) Elaborar y presentar a  la Contraloría General de la República los informes financieros de acuerdo con  las disposiciones legales vigentes;    

e) Realizar los arqueos  de Caja;    

f) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

g) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 12.-División  Administrativa. Son funciones de la División Administrativa:    

a) Coordinar y supervisar  la adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de elementos y equipos  necesarios para el normal funcionamiento de la Zona Franca;    

b) Prestar los servicios  de archivo y correspondencia;    

c) Organizar y atender la  prestación de los servicios de aseos, vigilancia, transporte, publicaciones,  cafetería, recepción y demás que sean necesarios para el normal funcionamiento  de la entidad;    

d) Elaborar el programa  anual de compras, mantener actualizado el registro de proveedores y el catálogo  de suministros;    

e) Coordinar y supervisar  el manejo de inventarios y los registros de ingreso y egreso de elementos para  la mejor organización y utilización de los recursos de la Zona Franca;    

f) Dirigir las  actividades de administración de personal;    

g) Las demás que le sean  asignadas y que corresponda a la naturaleza de la dependencia;    

Articulo 13.-Sección de  Personal. Son funciones de la Sección de Personal:    

a) Atender las  actividades relacionadas con la Administración de Personal de la Zona Franca;    

b) Adelantar las  actividades de reclutamiento, selección, capacitación, adiestramiento y  bienestar social de acuerdo con las políticas establecidas por la entidad;    

c) Atender lo referente  con la Liquidación y trámite de la nómina y las prestaciones sociales a que  tengan derecho los empleados públicos y los trabajadores oficiales de la Zona  Franca;    

d) Organizar y atender  las actividades de registro y control de personal e informar al Departamento  Administrativo del Servicio Civil sobre las novedades que se produzcan;    

e) Elaborar proyectos de  providencias sobre las diferentes situaciones administrativas del personal y  tramitar las modificaciones de planta;    

f) Velar por la  aplicación del sistema de calificación de servicios y del régimen  disciplinario;    

g) Realizar los estudios  referentes a la clasificación de los empleos y elaborar los manuales  descriptivos de funciones a nivel de cargo en coordinación con la Oficina de Planeación;    

h) Coordinar con los  correspondientes organismos el desarrollo de las actividades de capacitación y  bienestar social, para los funcionarios y sus familias;    

i) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

j) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Articulo 14.-Sección de  Almacén. Son funciones de la Sección de Almacén:    

a) Adelantar las  actividades relacionadas con la recepción, clasificación, almacenamiento,  mantenimiento y control de equipos, materiales y demás elementos que requiera  la Zona;    

b) Llevar el registro de  entrada y salida de elementos y equipos y mantener actualizados los  inventarios;    

c) Efectuar el inventario  físico de elementos devolutivos en servicio o en préstamo y demás bienes de uso  de la Entidad;    

d) Suministrar  oportunamente los pedidos de elementos o equipos que se le soliciten, previo  cumplimiento de los requisitos establecidos;    

e) Determinar los niveles  mínimos de existencias y proveerlos oportunamente;    

f) Tramitar la autorización  fiscal para dar de baja en forma definitiva los elementos obsoletos o  inservibles;    

g) Presentar los informes  que le sean solicitados;    

h) Las demás que le sean  asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Organos de Asesoría y  Coordinación.    

Articulo 15.-Comité de  Gerencia. El Comité de Gerencia estará integrado por:    

a) El Gerente, quien lo  presidirá;    

b) El Subgerente General;    

c) El Jefe de la Oficina  de Planeación;    

d) Los Jefes de la  División.    

Actuarán como Secretario  el funcionario que designe el Gerente de la Zona Franca.    

Parágrafo. El Gerente  podrá invitar a las sesiones del Comité a aquellos funcionarios que estime  conveniente, dependiendo de los asuntos a tratar.    

Articulo 16.-El Comité de  Gerencia cumplirá las siguientes funciones:    

a) Evaluar periódicamente  la ejecución de los planes, programas y proyectos adoptados por la Entidad;    

b) Estudiar y evaluar  previamente los asuntos que deban someterse a la consideración de la Junta  Directiva, así como aquello que determine el Gerente de la Zona;    

c) Las demás que le sean  asignadas y correspondan a su naturaleza.    

Articulo 17.-Comisión de  Personal. Estará integrada y cumplirá las funciones establecidas en las normas  legales vigentes sobre la materia.    

Articulo 18.-Junta de  Licitaciones y Adquisiciones.    

La Junta de Licitaciones  y Adquisiciones estará integrada por:    

a) El Subgerente General,  quien la presidirá;    

b) El Jefe de la División  Financiera;    

c) El Jefe de la Oficina  de Planeación.    

Actuará como secretario  de la junta el Jefe de la División Administrativa.    

Articulo 19.-Funciones de  la Junta de Licitaciones y Adquisiciones. La Junta de Licitaciones y  Adquisiciones cumplirá con las funciones que le son propias de acuerdo a las  disposiciones legales vigentes sobre la materia.    

Articulo 20.-El Presente  Acuerdo rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las  disposiciones que le sean contrarias en especial el Acuerdo 047 de marzo 23 de  1975 emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de  Buenaventura.    

Dado en Buenaventura a  los 7 días de octubre de 1987.    

(Fdo.) Antonio Varela  Ardilla, Presidente (Fdo.) Edgardo Quiñones Villota, Secretario Junta  Directiva.    

Articulo 2º.-El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.E., a  15 de enero de 1988.    

VIRGILIO BARCO.    

El Ministro de Desarrollo  Económico,    

Faud Char.    

     

     

     

     

           

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *