DECRETO 666 DE 1989
(abril 5)
por el cual se ordena una comisión y se hacen unos encargos.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 1º y 5º del articulo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Articulo 1º.-Comisionanse a partir del 9 de abril de 1989 y por el término de nueve (9) días, al señor Julio Londoño Paredes a los doctores Jorge Luis Ordóñez Gómez, Subsecretario de Relaciones Exteriores, Código 0044, Grado 03 de la Subsecretaria de Asuntos Económicos y Alejandro Borda Rojas, Asesor, Código 1020, Grado 02 del Despacho del Ministro, para que acompañen al señor Ministro en su visita oficial a la ciudad de Londres, Gran Bretaña y al Encuentro de Cancilleres del Grupo de los Ocho con los Cancilleres de la Comunidad Económica Europea en Granada, España.
Articulo 2º.-El señor Londoño Paredes y señora esposa, tendrán derecho a pasaje aéreo en primera Clase en la ruta Bogotá-Miami-Londres-Madrid-Granada-Madrid-Bogotá.
El señor Londoño Paredes, tendrá además derecho a la suma de doscientos ochenta y cinco dólares (US$ 285) diarios por concepto de viáticos durante nueve (9) días.
El doctor Ordóñez Gómez, tendrá derecho a pasaje aéreo en clase económica en la ruta Bogotá-Miami-Londres-Madrid-Granada-Madrid-Bogotá y a la suma de doscientos setenta dólares (US$270) diarios por concepto de viáticos durante nueve (9) días.
El doctor Borda Rojas tendrá derecho a pasaje aéreo en clase económica en la ruta Bogotá-Miami-Londres-Madrid-Granada-Madrid-Bogotá y a la suma de doscientos setenta dólares (US$ 270) diarios por concepto de viáticos durante nueve (9) días.
Articulo 3º.-A partir de abril de 1989, durante la ausencia del señor julio Londoño Paredes encárgase de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al doctor Germán Montoya Vélez, Secretario General de la Presidencia de la República.
Articulo 4º.-A partir del 9 de abril de 1989, durante la ausencia del doctor Jorge Luis Ordoñez Gómez, encargase de las funciones del Despacho de la Subdirección de Asunto Económicos al doctor Rodrigo de Sagarminaga Santos, Consejero de Relaciones Exteriores, Código 2091 , Grado 05 de la Sección de Asistencia Técnica y Financiera de la misma Subsecretaria.
Articulo 5º.-Los pasajes y los viáticos señalados en el presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Articulo 6º.-Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.