DECRETO 634 DE 1984
(marzo 15)
por el cual se conceptúa favorablemente sobre convocatoria a sesiones extraordinarias del Consejo Intendencial de Arauca.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere el artículo 14 del Decreto 1817 de 1976, y
CONSIDERANDO:
Que el Intendente Nacional de Arauca solicita al Gobierno Nacional concepto sobre convocatoria a sesiones extraordinarias del Consejo Intendencial, con el fin de obtener autorización para contratar un empréstito con el Fondo de Desarrollo Urbano.
Que es legalmente procedente la convocatoria a sesiones extraordinarias del Consejo Intendencial de Arauca, el cual se ocupará del asunto anotado anteriormente,
DECRETA:
Artículo primero. Conceptúase favorablemente sobre convocatoria a sesiones extraordinarias del Consejo Intendencial de Arauca, para los efectos contemplados en la parte motiva de este Decreto.
Artículo segundo. El Intendente procederá a convocar al Consejo Intendencial en los términos establecidos en el último inciso del artículo 14 del Decreto 1817 de 1976.
Articulo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de marzo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Héctor Moreno Reyes.