DECRETO 625 DE 1985
(febrero 28)
por el cual se convoca al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias.
Nota 1: Ver prorroga del Decreto 1128 de 1985.
Nota 2: Adicionado por el Decreto 1064 de 1985.
Nota 3: Adicionado y derogado parcialmente por el Decreto 714 de 1985.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 2º del articulo 118, en concordancia con el 68 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Convócase al Congreso a sesiones extraordinarias, por el período comprendido entre el 12 de marzo a las 3:00 p.m. y el 26 de abril, inclusive, del presente año.
Artículo 2º Durante el periodo de sesiones a que se refiere el artículo anterior, el Congreso se ocupará de los siguientes proyectos de ley:
1. Por medio de la cual se aprueba el “Tratado sobre Delimitación de Areas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima entre la República de Colombia y la República de Costa Rica, adicional al firmado en la ciudad de San José el 17 de marzo de 1977”, suscrito en la ciudad de Bogotá el 6 de abril de 1984.
2. Por medio de la cual se aprueban el “Convenio de Telecomunicaciones” firmado en Nairobi el 6 de noviembre de 1982 y el “Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones”, firmado en Ginebra el 6 de diciembre de 1979, sus apéndices, resoluciones y recomendaciones.
3. “Por la cual se concede una autorización al Gobierno Nacional, se regula el ejercicio de la facultad de conceder indultos y se dictan otras disposiciones”.
4. “Por la cual se expide el Estatuto Nacional de Estupefacientes”.
5. Número 35 de 1984, Cámara, “por la cual se modifican las Leyes 28 de 1979 y 85 de 1981, se otorgan unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones”.
6. Número 81 de 1984, Senado, Número 204 de 1984 de 13 Cámara, “Por la cual se dicta el Estatuto Básico de los Partidos Políticos y se provee a la financiación de las campañas electorales”.
7. “Por la cual se dicta el Estatuto Básico de la Administración Municipal y se ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales”.
8. “Por la cual se dicta el Estatuto Básico de la Administración Departamental y se dictan otras disposiciones”.
9. “Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales”.
10. “Por la cual se establecen las normas que regulan la administración del personal civil y demás servidores que prestan sus servicios en la Rama Ejecutiva del Poder Público en lo nacional y se dictan disposiciones sobre el R‚gimen de la Carrera Administrativa”.
11. “Por la cual se crea y organiza el Servicio Colombiano de Educación y se dictan otras disposiciones”.
12 “Por la cual se crea la región de planificación de la Costa Atlántica, se dictan otras disposiciones sobre planificación regional y se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República”.
13. “Por medio de la cual se autorizan unos recursos y se dictan normas tendientes al ordenamiento de las finanzas del Estado”.
14. “Por medio de la cual se decretan unas operaciones en el presupuesto nacional de la vigencia fiscal de 1985”.
15. “Por la cual se modifican y adicionan las Leyes números 135 de 1961, 1ª de 1968 y 4ª de 1973”.
16. Número 71 de 1984, Cámara, “por la cual se crea el Fondo de Desarrollo Rural Integrado”.
17. “Por la cual se reglamenta el contrato de aparcería y se dictan otras disposiciones relacionadas con el cultivo de la tierra”.
18. Número 163 de 1983 del Senado y número 93 de 1983 de la Cámara, “por la cual se dictan normas sobre arrendamiento de vivienda urbana, y se dictan otras disposiciones”.
19. “Por la cual se reestructuran las Zonas Francas”.
20. “Por la cual se autoriza la emisión de la Estampilla Viñeta Abylimpic Colombia 85”.
Artículo 3º Derogado por el Decreto 714 de 1985, artículo 2º. El Congreso se ocupará, así mismo de la integración de las Comisiones Constitucionales Permanentes,
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 28 de febrero de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno,
Jaime Castro.