DECRETO 611 DE 1984
(marzo 14)
por el cual se fija la abscisa cero (0) para las carreteras nacionales nacionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario determinar un punto de referencia básico para medir e identificar las carreteras nacionales, estableciendo para el efecto la ubicación de la abscisa cero (0);
Que la Nación ha querido cristalizar el sentido de unión de sus regiones y ampliar el ámbito de su fraternidad con la realización del Parque Simón Bolívar.
DECRETA:
Artículo primero. Fíjase como punto de referencia y de ubicación de la abscisa cero (0) para los efectos de medir e identificar las carreteras nacionales, el Centro de la Plaza Ceremonial del Parque Simón Bolívar, de la capital de la República.
Artículo segundo. El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, ejecútese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de marzo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Hernán Beltz Peralta.