DECRETO 562 DE 1987
(marzo 26)
Por el cual se aclaran los decretos 677 de 1972, 2929 de 1982 y 1131 de 1984.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° En concordancia con las normas sobre reajuste monetario de los ahorros manejados por las corporaciones de ahorro y vivienda, en especial el artículo 3° del Decreto 677 de 1972, el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 2929 de 1982, el artículo 1° del Decreto 1131 de 1984 y demás disposiciones que se refieren al reajuste monetario, las corporaciones de ahorro y vivienda continuarán liquidando los retiros de depósitos de las cuentas de ahorro de valor constante con el valor de la UPAC calculado por el Banco de la República para el día inmediatamente anterior al de la realización de la operación.
Artículo 2° A los depósitos que se efectúen y retiren en la misma fecha no se les reconocerá corrección monetaria.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de marzo de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.