DECRETO 527 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 527 DE 1988    

(marzo 24)    

     

Por  el cual se modifica el Decreto  número 3157 del 28 de diciembre de 1984.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades concedidas por la Ley 15 de 1959,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  El artículo quinto del Decreto  3157 del 28 de diciembre de 1994, quedará así:    

“Créase la  Junta Nacional de Terminales, la cual estará integrada de la siguiente manera:    

a) El  Ministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado, quien la presidirá;    

b) El Jefe  del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;    

c) El  Director del Instituto Nacional de Transporte, INTRA;    

d) El  Gerente de la Corporación Financiera del Transporte S. A;    

e) El  Gerente de la ‘Terminal de Transporte S. A.’, de Bogotá, alternando por  períodos de un año con los gerentes de las Terminales de Transporte de Medellín  y Cali, respectivamente;    

f) El  Gerente de una de las Terminales de Transporte en funcionamiento, diferente a  Bogotá, Medellín o Cali, escogido para períodos de un año por el señor Ministro  de Obras Públicas y Transporte;    

g) Un  representante de los transportadores que presten el servicio intermunicipal de  pasajeros, con su respectivo suplente, nombrado por el Presidente de la  República de ternas que presenten para el efecto las asociaciones gremiales a  nivel nacional.    

     

Parágrafo.  Cuando la Junta Nacional de Terminales de Transporte trate asuntos de interés  para el municipio o región del país podrá invitar a sus deliberaciones al  alcalde o al gerente del respectivo terminal quienes asistirán a la reunión con  voz pero no voto”.    

     

Artículo 2°  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 24 de marzo de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Desarrollo Económico,    

FUAD CHAR  ABDALA.    

     

El Ministro  de Obras Públicas y Transporte,    

LUIS  FERNANDO JARAMILLO CORREA.    

           

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