DECRETO 452 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 452 DE 1984

(febrero 23)    

     

por el cual se modifica, la cuantía  establecida para la bonificación por servicios prestados y se dictan otras  disposiciones.    

     

Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 126 de 1985.    

     

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Derogado por el Decreto 126 de 1985,  artículo 12. La  bonificación por servicios prestados a que tienen derecho los empleados del  Servicio Nacional de Aprendizaje, continuará reconociéndose en los términos  establecidos en el artículo 10 del Decreto número  415 de 1979 y en cuantía equivalente al  cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico y de los gastos de representación,  si fuere del caso, para sueldos hasta de cincuenta mil pesos ($ 50.000) y del  treinta y cinco por ciento (35%) para sueldos superiores a la suma indicada.    

     

Artículo 2° El Servicio  Nacional de Aprendizaje, SENA, reconocerá y pagará a sus empleados una  bonificación especial de recreación en los mismos términos y cuantía que se  establezca para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional  no sujetos a sistemas especiales de remuneración.    

     

Artículo 3° El presente Decreto  rige a partir de la fecha e de su expedición, surte efectos fiscales a partir  del primero (1°) de enero de 1984 y modifica las disposiciones que le sean  contrarias.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de  febrero de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público, Edgar Gutiérrez Castro.  El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo  Alberto González La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio  Civil, Ericina Mendoza Saladén          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *