DECRETO 45 DE 1988
(enero 14)
por el cual se declara en situación de disponibilidad a un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 5º del articulo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos números 2016 de 1968 y 1745 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que en su condición de funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores, inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República en la categoría de Consejero según Decreto número 2073 del 1º de julio de 1986, la doctora Luz Beatriz Pedraza Bernal, ha solicitado del Gobierno Nacional, se le declare en situación de disponibilidad por el término de dos (2) años, contados a partir del 1º de marzo de 1988; que de conformidad con lo dispuesto en los Capítulos IX y V de los Decretos 2016 de 1968 y 1745 de 1983, respectivamente, dicha petición es procedente,
DECRETA:
Articulo 1º.-A partir del 1º de marzo de 1988, declárase en situación de disponibilidad a la doctora Luz Beatriz Pedraza Bernal, Consejero, Grado Ocupacional 4 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Barbados, encargada de las Funciones Consulares en Bridgetown, funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República, en la categoría de Consejero.
Articulo 2º.-Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 14 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.