DECRETO 439 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 439 DE 1989    

(febrero  27)    

Por  medio del cual se asignan unas funciones a la División de Industrias de la  Superintendencia de Industria y Comercio.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y en especial la conferida por el  inciso 2° del artículo 132 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1° Hasta tanto no entre en funcionamiento  la Planta de Personal necesaria para la reestructuración del Ministerio de  Desarrollo Económico, decretada en la Ley 81 de 1988, las  siguientes funciones asignadas a la División de Compra de Tecnología de este  Ministerio, las ejercerá la División de Industria de la Superintendencia de  Industria y Comercio:    

a) Desempeñar las funciones de Secretaría Técnica  del Comité de Regalías;    

b) Elaborar los estudios jurídicos, económicos y  técnicos de los contratos que deban ser presentados a consideración del Comité  de Regalías;    

c) Realizar visitas a las empresas que cursen al  Comité de Regalías solicitud de autorización para registro de contratos sobre  asistencia técnica, uso de marcas o explotación de patentes o similares.    

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de febrero de 1989.    

VIRGILIO  BARCO    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

CARLOS  ARTURO MARULANDA RAMIREZ.

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