DECRETO 3852 DE 1985
( diciembre 29)
Por el cual se ordena el reconocimiento y pago de prima vacacional para algunos de los beneficiarios de los servidores del estado fallecidos en las tragedias ocurridas en el asalto al palacio de justicia y por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz y se decreta una pensión especial.
Nota: Declarado constitucional por la Corte Suprema de Justicia en Sentencia No. 5 del 13 de marzo de 1986. Exp. 1433.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 122 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 3405 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° Reconócese y ordenase pagar la prima vacacional de que tratan los artículos 24 del Decreto número 1045 de 1978 y 9° del Decreto 542 de 1977, como si hubieren trabajado el año completo, a los beneficiarios de los empleados del Ministerio de Justicia, así como de los servidores de la Rama Juridiccional y del Ministerio Público fallecidos a consecuencia de las tragedias ocurridas en el asalto al Palacio de Justicia y por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz.
Artículo 2° Las disposiciones de la Ley 126 de 1985 se aplicarán también al cónyuge supérstite, al compañero o compañera permanente y a los hijos menores o a los mayores incapacitados física o mentalmente y de manera permanente, de los empleados oficiales que hubieren fallecido como consecuencia del asalto al Palacio de Justicia iniciado el 6 de noviembre del presente año.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de diciembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno, JAIME CASTRO. El Ministro de Relaciones Exteriores, AUGUSTO RAMIREZ OCAMPO. El Ministro de Justicia, ENRIQUE PAREJO GONZALEZ. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HUGO PALACIOS MEJIA. El Ministro de Defensa Nacional, General MIGUEL VEGA URIBE. El Ministro de Agricultura, ROBERTO MEJIA CAICEDO. El Ministro de Desarrollo Económico, GUSTAVO CASTRO GUERRERO. El Ministro de Minas y Energía, IVAN DUQUE ESCOBAR. La Ministra de Educación Nacional, LILIAM SUAREZ MELO. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, JORGE CARRILLO ROJAS. El Ministro de Salud, RAFAEL DE ZUBIRIA GOMEZ. La Ministra de Comunicaciones, NOEMI SANIN POSADA. La Ministra de Obras Públicas y Transporte ( E), MARIA DEL ROSARIO SINTES.