DECRETO 3815 DE 1985
( diciembre 26)
Por el cual se asignan unas funciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 132 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras ha cumplido importante labor científica en el campo de riesgos sísmicos y vulcanológicos, tal como pudo observarse con motivo de la erupción del volcán del Nevado del Ruiz, y
Que para la prevención de la ocurrencia de nuevas tragedias, es necesario establecer mecanismos operativos de estudio de toda clase de riesgos geológicos, tanto continentales como marinos,
DECRETA:
Artículo primero. Al Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras le corresponde:
a) El estudio y prevención de toda clase de riesgos geológicos, lo cual adelantará mediante la aplicación de técnicas vulcanológicas, tectónicas, geofísicas, geomorfológicas, sismológicas y geodésicas;
b) Los estudios relacionados con los aspectos de geología marina de los Océanos Atlántico y Pacífico tanto a nivel del litoral como del mar territorial y zona económica exclusiva, para lo cual utilizará técnicas geológicas, geofísicas y geoquímicas.
Artículo segundo. Este Decreto a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 26 de diciembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Minas y Energía,
IVAN DUQUE ESCOBAR.