DECRETO 3775 DE 1986
(diciembre 30)
Por el cual se modifica el articulo 1º del Decreto 3661 del 11 de diciembre de 1985, referente a la expedición de la tarjeta profesional de medico.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 1987 el término para solicitar la expedición de la tarjeta profesional de médico a que se refiere el artículo 3º del Decreto 1328 de 1984.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de diciembre de 1986.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Salud,
CESAR ESMERAL BARROS.