DECRETO 3729 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  3729 DE 1986    

(diciembre  23)    

     

Por  el cual se modifica el decreto número  2160 de 1986.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  atribuciones constitucionales y Legales, y    

      

CONSIDERANDO:    

     

1.  Que mediante el Decreto 2160 de 1986  se reglamentó la Contabilidad Mercantil y se expidieron las normas de  contabilidad generalmente aceptadas.    

2.  Que por virtud del Decreto 3129 del presente año, se aplazó la vigencia del  precitado estatuto contable, a partir del 1°  de enero de 1987.    

3.  Que el artículo 90, numeral 4° de la Ley 75 de 1986, facultó  al Gobierno Nacional para establecer el ajuste por inflación, total o parcial  de los estados financieros del contribuyente, así como para permitir el cálculo  de las cuotas anuales de depreciación con base en activos revaluados, y  modificar las disposiciones sobre ingresos, costos, deducciones, activos y  pasivos.    

4.  Que es propósito del Gobierno Nacional ejercer dichas facultades  extraordinarias en el curso de 1987.    

5.  Que no obstante la bondad de las disposiciones del Decreto 2160 de 1986,  dada la proximidad de la expedición de nuevas normas en materia contable, por  el momento resulta inconveniente la vigencia de aquel a partir del próximo año  como quiera que las disposiciones de carácter fiscal habrán de disponer el  ajuste de estados financieros por inflación, contrario al principio del costo  histórico que inspira el Decreto 2160 de 1986,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° El artículo 97 del Decreto 2160 de 1986  quedará así:    

“El  presente Decreto regirá a partir del 1°  de enero de 1988. En consecuencia, los estados Financieros cortados con  posterioridad al 31 de diciembre de 1987 y las operaciones que ocurran a partir  de 1988, deberán presentarse y registrarse de conformidad con las normas del Decreto 2160 de 1986”.    

     

Artículo  2° Este Despacho rige a partir de la  fecha de su publicación.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 23 de diciembre de 1986.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

CÉSAR  GAVIRIA TRUJILLO.    

     

El  Ministro de Desarrollo Económico,    

MIGUEL  ALFONSO MERINO GORDILLO.    

     

La  Ministra de Educación Nacional,    

MARINA  URIBE DE EUSSE.              

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