DECRETO 3717 DE 1986
(diciembre 22)
Por el cual se crea el cargo de Consejero Presidencial para el Desarrollo Social.
Nota: Modificado por el Decreto 1878 de 1990.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades conferidas en el numeral 21 del artículo 120 y en especial de las que le confiere el artículo 8° del Decreto extraordinario 146 de 1976, y
CONSIDERANDO:
Que en los programas prioritarios del Gobierno Nacional figuran la erradicación de la pobreza absoluta, la generación de empleo, el desarrollo urbano y la transformación hacia un régimen de economía social;
Que varios organismos internacionales, entre ellos la Organización de las Naciones Unidas, a través del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, han ofrecido su cooperación y asistencia en estas áreas y es necesario que el Gobierno reciba esas ayudas para lograr un mayor éxito en sus programas;
Que esta cooperación requiere la coordinación adecuada que garantice la eficiencia de los programas que se adelanten,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el cargo de Consejero para el Desarrollo Social en el Despacho del Presidente de la República, para asesorarlo en la orientación técnica de las políticas de orden social y en el aprovechamiento de la cooperación y asistencia que en esta materia ofrecen los organismos internacionales.
Artículo 2º El desempeño de las funciones del cargo de Consejero Presidencial para el Desarrollo Social, tendrá carácter de ad honorem y no causará efectos fiscales en el presupuesto nacional.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de diciembre de 1986.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
GERMÁN MONTOYA VÉLEZ.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
DIEGO YOUNES MORENO.