DECRETO 3704 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 3704 DE 1985    

( diciembre 16)    

     

Por el cual se  convoca al Congreso a sesiones extraordinarias.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que confiere el numeral 2 del artículo  118 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Convócase al Congreso  a sesiones extraordinarias a partir de las 00. 00 horas del día 17 de diciembre  de 1985 y por el lapso de veinticuatro (24) horas.    

     

Artículo 2º Durante el período de  sesiones a que se refiere el artículo anterior, el Congreso se ocupará de los  siguientes proyectos de ley:    

NÚMERO 119 DE 1985 (S) Y 219 DE  1986 (C), “por la cual se autoriza la creación del Fondo de Garantías de  Instituciones Financieras, se determina su estructura y se dictan otras  disposiciones”.    

NÚMERO 214 (S) Y 121 (C),  “por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades  extraordinarias    

para establecer un régimen  especial de administración de personal y de Carrera Administrativa para los  empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.    

NÚMERO 5 DE 1985 (S) Y 18 DE 1986  (C), “por la cual se expiden normas sobre la Carrera Administrativa y se  dictan otras disposiciones”    

NÚMERO 15 DE 1985 (S), “por  la cual se expide el Estatuto Nacional de Estupefacientes”.    

NÚMERO 241 DE 1984 (S) Y 28 DE  1984 (C), “por la cual se establecen normas para la adopción de textos  escolares y se dictan otras disposiciones para su evaluación”.    

NÚMERO 218 DE 1985 (S) Y 18 DE  1985 (C), “por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 235  años de la fundación del Municipio de Sitio nuevo, en el Departamento del  Magdalena, y se dictan otras disposiciones”.    

NÚMERO 148 (S), “por la cual  se hacen unas cesiones de terrenos de Baja Mar al Instituto de Crédito  Territorial y se dictan otras disposiciones”.    

     

Artículo 3º Este Decreto rige  desde su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de  diciembre de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Gobierno,    

JAIME CASTRO.          

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