DECRETO 370 DE 1987
(febrero 20)
por el cual se crean unos cargos en la Justicia Penal Militar.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 358 y parágrafo del artículo 372 del Decreto legislativo 0250 de 1958 (Código de Justicia Penal Militar),
DECRETA:
Artículo 1º Créanse en la Justicia Penal Militar el Juzgado de Instrucción Penal Militar número 133 y la Auditoría Auxiliar de Guerra número 79, con sus respectivas Secretarías.
Parágrafo. El Juzgado de Instrucción Penal Militar y la Auditoría Auxiliar de Guerra creados por el presente Decreto, serán radicados por el Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 2º Los gastos ocasionados con la creación de los cargos de que trata el artículo anterior, serán cancelados por el presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de febrero de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Justicia,
EDUARDO SUESCUN MONROY.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Defensa Nacional,
General RAFAEL SAMUDIO MOLINA.