DECRETO 3656 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 3656 DE 1985    

( diciembre 11)    

     

Por el cual se  modifica el Decreto 878 de 1977.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le concede el artículo 8º del Decreto  legislativo 232 de 1983,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° El artículo 1°, cláusula decimoctava del Decreto 878 de 1977  quedará así:    

Con  cargo a los recursos fiscales del FER no podrán pagarse maestros o profesores  en comisión en planteles privados, salvo cuando se trate de maestros y  profesores para jornadas adicionales o para colegios cooperativos, en ambos  casos específicamente autorizados por el Ministerio de Educación y para cuyo  pago se sitúen expresamente en la Tesorería del FER, por transferencia de la  Nación, los dineros necesarios.    

     

Para la concesión de las  comisiones docentes en colegios privados no contemplados en este decreto, será  necesario que el respectivo plantel no cobre matriculas ni pensiones o se ciña  a las contempladas para los planteles oficiales y se suscriba contrato con el  respectivo plantel por parte del Presidente de la Junta Administradora del FER,  aprobado por el Ministro de Educación Nacional.    

     

Artículo 2° El presente Decreto  rige a partir de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de  diciembre de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

La Ministra de Educación Nacional    

LILIAM SUAREZ MELO.          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *