DECRETO 3644 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  3644 DE 1986    

(diciembre  15)    

     

Por el cual se fijan honorarios y viáticos a los y magistrados del  Consejo Nacional Electoral.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  que le confiere el artículo 25 del Código Electoral (Decreto ley 2241  de 1986),    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° A partir del 1°  de enero de 1987, cada Magistrado del Consejo Nacional Electoral devengará la  cantidad de quince mil pesos ($15.000.00) moneda legal, como honorario por  sesión. En ningún caso la cantidad mensual será inferior al setenta y cinco por  ciento (75%) de la remuneración total asignada a los Consejeros de Estado.    

La  cuantía de sus viáticos, cuando cumplan comisiones de servicio, será igual a la  señalada para el Registrador Nacional del Estado Civil.    

     

Artículo  2° Este Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D, E., a 15 de diciembre de 1986.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El  Ministro de Gobierno,    

FERNANDO  CEPEDA ULLOA.              

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