DECRETO 3632 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 3632 DE 1985    

( diciembre 10)    

     

Por el cual se dicta  una disposición sobre bienestar social.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 3° y 11 del  artículo 120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Los ministerios, los  departamentos administrativos, las unidades administrativas especiales, las  superintendencias y los establecimientos públicos del orden nacional, dentro de  los programas de bienestar social, podrán otorgar a los hijos de sus empleados  oficiales, cuya edad no sobrepase los doce (12) años, en una sola oportunidad,  en diciembre de cada año, beneficios en especie de carácter educativo, recreativo  o didáctico.    

     

Parágrafo. El reconocimiento a que  se refiere este artículo, sólo procederá cuando el organismo cuente con los  correspondientes recursos para este gasto en el renglón respectivo de su  presupuesto.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige a  partir de la fecha de publicación .    

     

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de  diciembre de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público    

HUGO PALACIOS MEJÍA.    

     

La Jefe del Departamento  Administrativo del Servicio    

Civil,    

     

ERICINA MENDOZA SALADEN.          

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