DECRETO 3608 DE 1985
( diciembre 9 )
Por el cual se deroga el Decreto 1958 de 1982.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1958 de 9 de julio de 1982, se destinó al Ministerio de Defensa Nacional, un globo de terreno de 27 hectáreas de extensión para la construcción de una unidad militar en el actual Parque Nacional ” Olaya Herrera”, un área de terreno de 29 hectáreas y otra de 31 hectáreas del parque, para su conservación y reforestación;
Que el Ministerio de Defensa Nacional ha venido cumpliendo con los funciones de seguridad, reforestación y recuperación de los terrenos que le fueron destinados;
Que el Ministerio de Defensa Nacional ha expresado su voluntad de devolver los mencionados terrenos y por lo tanto se hace necesario que el Fondo de Inmuebles Nacional los reciba para que se encargue de su administración y conservación,
DECRETA:
Artículo 1° Derogase en todas sus partes el Decreto 1958 de 9 de julio de 1982, mediante el cual se destinó al Ministerio de Defensa Nacional un globo de terreno de veintisiete (27) hectáreas de extensión para la construcción de una unidad militar en el actual Parque Nacional “Olaya Herrera”, un área de terreno de veintinueve (29) hectáreas y otra de treinta y una (31) hectáreas del parque para su conservación y reforestación.
Artículo 2° De la entrega de los mencionados terrenos deberá levantarse un acta que será suscrita por representantes del Ministerio de Defensa Nacional y de la Dirección de Inmuebles Nacionales del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de diciembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Defensa Nacional,
General MIGUEL VEGA URIBE.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
RODOLFO SEGOVIA SALAS.