DECRETO 3591 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  3591 DE 1986    

(diciembre  2)    

     

Por el cual se dispone un procedimiento para el otorgamiento de unos  prestamos del presupuesto nacional.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales  que le confiere el artículo 16 del Decreto  extraordinario 294 de 1973,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Los prestamos que la Nación otorgue  al Instituto de Fomento Industrial, IFI, y a la Central Hidroeléctrica de  Betania S. A., CHB, por las sumas equivalentes en pesos colombianos de hasta  US$ 31.0 y US$ 120.0 millones, respectivamente, en desarrollo de lo dispuesto  por el artículo 16 del Decreto  extraordinario 294 de 1973, podrán contratarse directamente entre las  partes, sin sujeción a los requisitos del Decreto 753 de 1984.    

     

Artículo  2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 2 de diciembre de 1986.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO.              

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