DECRETO 3372 DE 1985
( noviembre 18)
Por el cual se modifica el Arancel Nacional de Aduanas con las notas explicativas de la nomenclatura de Bruselas.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere la Ley 6a. de 1971 y oído el concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera,
y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 895 de abril 18 de 1980 establece en el literal H de las Disposiciones Preliminares que las Notas Explicativas de la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas así como las modificaciones introducidas a las mismas por el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas se consideran como normas del Arancel de que trata el citado
Que el mismo Decreto 895 de 1980 en su artículo 18 considera que las Notas Explicativas del Arancel de Aduanas serán revisadas por la Dirección General de Aduanas, de conformidad con las normas generales y especiales consignadas en el mismo Arancel y las modificaciones o adiciones a las mismas serán expedidas por el Gobierno Nacional mediante Decreto.
Que el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas ha expedido las corrigendas números 30 a 37, inclusive a las Notas Explicativas de la Nomenclatura,
Que las corrigendas números 30 a 37 inclusive, fueron revisadas por la Dirección General de Aduanas.
Que previo visto bueno del Consejo Nacional de Política Aduanera sobre las modificaciones del Arancel de Aduanas aquí establecidas,
DECRETA:
Artículo 1° Introdúzcanse en el Arancel de Aduanas las siguientes correcciones a las Notas Explicativas de la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas.
1) CORRECCION NÚMERO 30 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento 25.342 de 1980), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 18. PARTIDA 04.03. ULTIMO PARRAFO. SEGUNDA LINEA (FRASE ENTRE PARENTESIS). Nueva redacción:
” (especie de mantequilla fabricada la mayor parte de las veces con leche de búfalo o de vaca)”.
PAGINA 38. PARTIDA 07.01. TERCER PARRAFO.
Añadir el nuevo apartado 13) siguiente:
“13) Los brotes (gérmenes) de soja”.
PAGINA 132. PARTIDA 20.01. PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Esta partida comprende las legumbres, hortalizas (véase la Nota 2 del Capítulo) y las frutas preparadas o conservadas en vinagre o en ácido acético, con o sin sal, especias, mostaza, azúcar u otros edulcorantes. Estos productos pueden también contener aceite u otros aditivos. Pueden presentarse en toneles, barricas, cubetas o continentes análogos o bien acondicionados para la venta al por menor: en bocales, en botes o en recipientes herméticamente cerrados.
Algunas de estas preparaciones se conocen con el nombre de encurtidos (piekles) (preparaciones de trozos de legumbres variadas en vinagre o en ácido acético) o de PICALLILIES (preparaciones de trozos de legumbres variadas con mostaza) .
PAGINA 508 PARTIDA 34.04.
1) DESPUES DEL PRIMER PARRAFO DEL APARTADO A), AÑADIR EL NUEVO PARRAFO SIGUIENTE:
“Las ceras artificiales de la presente partida deben tener:
1) Un punto de gota superior a 40° C; y
2) Una viscosidad, medida en viscosímetro rotativo, inferior o igual a 10 Pa.s (ó 10.000 cP) a una temperatura 10° C superior a la de su respectivo punto de gota”.
2) APARTADO A). SEGUNDO PARRAFO.
a) PRIMERA LINEA. Nueva redacción:
“Las ceras artificiales presentan también, en general, las características siguientes:”
b) APARTADO C). Nueva redacción:
“c) Un poco por encima de su punto de fusión, no forman fácilmente filamentos”.
PAGINA 509. PARTIDA 34.04. APARTADO B.3). Nueva redacción:
“3) Las mezclas a base de ceras o de parafina, siempre que estas mezclas tengan la consistencia de las ceras.
Deben tener: 1) un punto de gota superior a 40º C, y 2) una viscosidad medida en viscosímetro rotativo, inferior o igual a 10 Pa.s (ó 10.000 cP) a una temperatura, 10°C superior a la de su respectivo punto de gota. Las mezclas aquí consideradas pueden contener grasas, resinas, materias minerales u otras materias. Las preparaciones a base de ceras que, sin embargo, no tengan la consistencia de las ceras se excluyen de la presente partida”,
PAGINA 546. PARTIDA 38.08. APARTADO C. TITULO. Nueva
redacción:
“Esencia de colofonia y aceites de colofonia”.
PAGINA 656. PARTIDA 45.02. PRIMERO Y SEGUNDO PARRAFOS.
Nueva redacción: .
“Esta partida comprende, de acuerdo con la Nota 2 del presente Capítulo, las planchas de corcho en bruto:
1) Cuya superficie externa haya sido desprovista, mediante sierra o por otro procedimiento, de la totalidad de su corteza (CORCHO DESCORTEZADO); o
2) Cuyas superficies externas e internas hayan sido cortadas mediante sierra o por otro procedimiento, a fin de conseguir un paralelismo aproximado entre las dos caras (CORCHO ESCUADRADO).
Esta partida comprende también productos más elaborados, como placas, hojas y tiras de corcho, de forma cuadrada o rectangular cuyas caras y bordes hayan sido obtenidos por corte de planchas de corcho en bruto de la partida 45.01; estos productos permanecen clasificados en esta partida incluso si están formados por capas de corcho superpuestas y encoladas entre sí”.
PAGINA 1.017. PARTIDA 73.22.
1) QUINTO PARRAFO (“TAMBIEN COMPRENDE DESMONTADOS”) .
Suprimir este párrafo.
2) SEXTO PARRAFO (NUEVO).
Antes del último párrafo (exclusiones) intercalar el nuevo párrafo siguiente:
Las partes y piezas sueltas de recipientes corresponden a la partida 73.40.
PAGINA 1.018. PARTIDA 73.23.
1) Quinto párrafo. Nueva redacción.
“Las partes y piezas sueltas de recipientes corresponden a la partida 73.40”.
2) Exclusiones. Primera línea. Nueva redacción:
“Se excluyen también de la presente partida”.
PAGINA 1.150. PARTIDA 83.09 EXCLUSION C). Nueva redacción:
“c) Los remaches que no sean tubulares o de espiga hendida; los mosquetones (Capítulos 73 a 76, en particular)”.
PAGINA 1.164. SECCION XVI. CONSIDERACIONES GENERALES.
a) Segundo párrafo.
1) Después del apartado 1) intercalar el nuevo apartado
2) siguiente:
“2) Los sistemas de irrigación constituidos por una estación principal, que comprenda especialmente filtros, inyectores y válvulas, canalizaciones primarias y secundas subterráneas y una red de superficie”.
2) Los apartados 2) a 7) actuales pasan a ser los apartados
3) a 8).
b) TERCER PARRAFO. TERCERA LINEA.
Después de ” (partida 84.15) “, intercalar el texto siguiente:
“aparato mecánico para dispersar líquidos (partida 84.21) “.
PAGINA 1.164. SECCION XVI. CONSIDERACIONES GENERALES.
a) SEGUNDO PARRAFO. (modificado más arriba).
1) INTERCALAR EL NUEVO APARTADO 4) SIGUIENTE:
“4) Las plantas para revestimientos bituminosos, constituidas por la yuxtaposición de elementos distintos tales como dosificadores, transportadores, secaderos, cribas vibrantes, mezcladores, depósitos de almacenaje y cuadros de mando”.
2) Los apartados 4) a 8) pasan a ser 5) a 9).
b) TERCER PARRAFO. TERCERA LINEA.
Después de “(partida 84.26)”, intercalar el texto siguiente:
“Máquina para mezclar las materias minerales con el asfalto (partida 84.56),”
PAGINA 1.228. PARTIDA 84.21. PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Esta partida comprende los cuatro grupos siguientes de máquinas y aparatos utilizados para proyectar, dispersar o pulverizar el vapor, los líquidos y los productos sólidos (granulados, granallas, polvos, etc.): en forma de chorro de dispersión, incluso gota a gota, o de nube”.
PAGINA 1.229. PARTIDA 84.21. APARTADO B (NUEVO).
a) Antes del apartado B actual intercalar el texto siguiente:
“B. SISTEMAS DE IRRIGACION.
Estos sistemas de irrigación, constituidos por un cierto número de elementos relacionados entre ellos, comprenden:
1°) una estación principal (filtros de malla doble, inyectores de abono, válvulas de compuerta, válvulas unidireccionales, reguladores de presión, manómetros, purgadores, etc.);
2°) una red subterránea (canalizaciones primarias y secundarias sirven para conducir el agua desde la estación principal hasta la parcela de irrigación determinada); y
3°) una red de superficie (conducciones gota a gota con goteros).
Cuando los elementos constitutivos de esta instalación SE PRESENTAN AL MISMO TIEMPO, el conjunto se clasifica en la presente partida constituyendo una UNIDAD FUNCIONAL en el sentido de las Consideraciones Generales de la presente sección”.
b) Los apartados “B” a “D” actuales pasan a ser “C” a “E”.
PAGINA 1.349. PARTIDA 84.52. APARTADO A.
A continuación del primer párrafo, añadir lo siguiente:
“Corresponden también al presente grupo, las calculadoras electrónicas de bolsillo y las calculadoras electrónicas de oficina, programables o no”.
PAGINA 1.351. PARTIDA 84.52. APARTADO C.
Después del tercer párrafo, añadir el nuevo párrafo siguiente:
“Corresponden también a la presente partida, las cajas registradoras que operen en conexión directa o diferida con una máquina automática de tratamiento de la información”.
PAGINA 1.452. PARTIDA 84.53. APARTADO I. Añadir al final el párrafo siguiente (exclusión):
“La presente partida NO COMPRENDE las máquinas, instrumentos o aparatos que lleven incorporados o que trabajen con una máquina automática de tratamiento de la información y que ejercen una función propia. Estas máquinas, instrumentos o aparatos se clasifican en la partida correspondiente a tal función o, en su defecto, en una partida residual”.
PAGINA 1.355 Y 1.356. PARTIDA 84.54.
1. Intercalar el nuevo apartado 5) siguiente:
“5) LOS DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS DE BILLETES DE BANCO que operen en conexión directa o diferida con una máquina automática de tratamiento de la información”.
2. Los apartados 5) a 17) actuales pasan a ser respectivamente los apartados 6) a 18).
PAGINA 1.362. PARTIDA 84.56. APARTADO C) 6). Nueva redacción:
“6) LAS MAQUINAS PARA MEZCLAR LAS MATERIAS MINERALES (piedras trituradas, gravas, caliza, etc.) CON EL ALQUITRAN para la preparación de revestimientos asfálticos de las calzadas. Estas pueden presentarse, por ejemplo, como instalaciones constituidas por un conjunto de elementos
distintos (dosificador, alimentador, secador, desempolvador, malaxador, elevador, etc.) montados sobre un bastidor común, o bien como unidades funcionales cuyos elementos están simplemente yuxtapuestos (plantas asfálticas fijas o móviles)”.
PAGINA 1.458. PARTIDA 85.19. APARTADO VI.
A continuación del tercer párrafo, añadir:
“, incluidos los armarios de mando numérico que incorporen una máquina automática de tratamiento de la información”.
PAGINA 1.585. PARTIDA 90.17. APARTADO I. B).
1. Primera línea. Intercalar, después de instrumentos”, las palabras “Y APARATOS”.
2. ULTIMA LINEA. Suprimir “etc.” y añadir:
“aparatos de diagnóstico que incorporen una máquina automática de tratamiento de la información que permita tratar y visualizar los datos clínicos, etc.”
PAGINA 1.586. PARTIDA 90.17. APARTADO I
Después del apartado N) añadir el párrafo siguiente:
“o) Los aparatos que incorporen una máquina automática de tratamiento de la información y sirvan exclusivamente para calcular y distribuir las dosis de radiaciones sobre un paciente”.
2) CORRECCION NÚMERO 31 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento 25.947 de 1980), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 10. CAPITULO 2. CONSIDERACIONES GENERALES. PRIMER PARRAFO.
Añadir a continuación del apartado 4), lo siguiente:
“Además, las mezclas o combinaciones de productos que corresponden a partidas diferentes del Capítulo (por ejemplo, aves de la PARTIDA 02.02 envueltas con tocino de la PARTIDA 02.05) quedan comprendidos en el presente Capitulo”.
PAGINA 13. CAPITULO 3. CONSIDERACIONES GENERALES. TERCER PARRAFO.
Añadir al final la frase siguiente:
“Además, las mezclas o combinaciones de productos que corresponden a partidas diferentes del Capítulo (por ejemplo, pescados de la PARTIDA 03.01 con crustáceos de la PARTIDA 03.03) quedan comprendidos en el presente Capítulo”.
PAGINA 40. PARTIDA 07.05. PRIMER PARRAFO. LINEA 3a.
Después de “lentejas”, añadir “semillas de guar”.
PAGINA 47. PARTIDA 08.12.
A continuación del párrafo tercero, intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“La presente partida incluye las vainas de tamarindo. También comprende la pulpa de tamarindo sin adición de azúcar o de otras sustancias y sin otra elaboración, pudiendo contener semillas, partes leñosas o trozos del endocarpio”.
PAGINA 61. PARTIDA 11.04. APARTADO B).
1. LINEA 2a. Después de “nueces de coco”, añadir “y el tamarindo”.
2. Añadir AL FINAL el nuevo párrafo siguiente (exclusión)
“Sin embargo, la presente partida no comprende el polvo de tamarindo acondicionado en envases para la venta al por menor para usos profilácticos o terapéuticos (PARTIDA 30.03) “.
PAGINA 67. PARTIDA 12.03. SEGUNDO PARRAFO. LINEA 5a.
Después de “las semillas de hortalizas”, añadir “las semillas de tamarindo”.
PAGINA 82. PARTIDA 13.03. APARTADO C).
A continuación del apartado 4), insertar el nuevo apartado 5) siguiente:
“5) LA HARINA DE COTILEDON DE LAS SEMILLAS DE TAMARINDO (TAMARINDUS INDICA). Esta harina se incluye en la presente partida incluso si está ligeramente modificada por tratamiento térmico o químico”.
PAGINA 135. PARTIDA 20.06. SEGUNDO PARRAFO.
1. APARTADO 3). Nueva redacción:
3) Las nueces, las nueces de areca (o de betel), las almendras y los granos de cacahuete, tostados en atmósfera seca, en aceite o en grasa, incluso conteniendo aceite vegetal o con adición de sal, de aromatizantes, de especias o de otros aditivos”,
2. A continuación del apartado 4), insertar EL NUEVO APARTADO 5) siguiente:
“5) Las vainas de tamarindo en almibar”.
PAGINA 147. PARTIDA 22.02.
1. A continuación del apartado 2), insertar el nuevo apartado 3) siguiente:
“3) El néctar de tamarindo convertido en apropiado para consumirse como bebida por adición de agua, de azúcar y por tamizado”.
2. El apartado 3) actual pasa a ser apartado 4).
PAGINA 162 A. PARTIDA 23.07. EXCLUSION f). Nueva redacción.
“f) Los productos intermedios de la filtración y primera extracción obtenidos durante la fabricación de los antibióticos y los residuos de esta fabricación cuyo contenido en antibióticos no sobrepasa generalmente el 60% (PARTIDA 38.19) “.
PAGINA 204, PARTIDA 27.10. EXCLUSION B) LINEAS 8a. a 10a.
Nueva redacción:
“… (partida 38.18) las preparaciones antiherrumbre constituidas por lanolina disuelta en white spirit corresponden a las PARTIDAS 34.03 O 38.19, por ser la lanolina la materia básica y desempeñar el white…”.
PAGINA 357. PARTIDA 29.02. APARTADO A. TEXTO. Nueva redacción:
Derivados halogenados de los hidrocarburos acíclicos, saturados”.
PAGINA 358. PARTIDA 23.02. APARTADO B. TEXTO. Nueva redacción:
“Derivados halogenados de los hidrocarburos acíclicos, no saturados”.
PAGINA 453/454. PARTIDA 29.44. NUEVA REDACCION:
” 29.44. ANTIBIOTICOS.
Los antibióticos son sustancias secretadas por microorganismos vivos que destruyen otros microorganismos o inhiben su crecimiento. Se utilizan principalmente en razón de su potente acción inhibidora sobre los microorganismos patógenos, particularmente bacterias u hongos, o en algunos casos los neoplasmas. Son eficaces en la sangre en concentraciones de algunos microgramos por mililitro. Los antibióticos pueden estar constituidos por una sola sustancia o por un grupo de sustancias afines: pueden ser de estructura química conocida o no, de constitución química definida o no. Desde el punto de vista químico son muy diferentes y pueden subdividirse como sigue:
l) Los heterocíclicos: novobiocina, cefalosporinas y estreptotricina, por ejemplo. Los antibióticos más importantes de esta clase son las penicilinas, que son productos de la secreción de númerosos hongos del género PENICILLIUM.
Este grupo comprende también la bencilpenicilina procaína.
2) Los antibióticos relacionados con azúcares: por ejemplo, la estreptomicina.
3) Los polipéptidos: por ejemplo, actinomicinas, bacitracina, gramicidinas y tirocidina.
4) Los macrólidos: anfotericina B, eritromicina y tilosina, por ejemplo.
5) Las tetraciclinas: clorotetraciclina y oxitetraciclina, por ejemplo.
6) Los demás antibióticos: por ejemplo, cloranfenicol, sarcomicina y vancomicina.
La presente partida también comprende los antibióticos modificados químicamente utilizados como tales antibióticos. Pueden prepararse aislando las sustancias producidas por el crecimiento natural de microorganismos, modificando posteriormente la estructura por reacción química o por adición de precursores de cadena lateral al medio de cultivo, de manera que ciertos grupos se incorporen a la molécula por procesos celulares (penicilinas semisinteticas), o también por biosíntesis (penicilinas procedentes de aminoácidos seleccionados). Los antibióticos naturales reproducidos por síntesis (por ejemplo el cloranfenicol) están clasificados en la presente partida, así como ciertos productos sintéticos relacionados con los antibióticos naturales y utilizados como tales (por ejemplo, el tianfenicol).
Están EXCLUIDOS de la presente partida:
a) Las preparaciones de antibióticos del tipo de las utilizadas en alimentación animal (por ejemplo, el micelio completo desecado y normalizado) (PARTIDA 23.07).
b) Los compuestos orgánicos de constitución química definida con actividad antibiótica muy escasa usados como intermedios en la fabricación de antibióticos (PARTIDAS PRECEDENTES DEL PRESENTE CAPITULO, SEGUN LA ESTRUCTURA).
c) Los derivados del ácido quinoleinacarboxílico, los nitrofuranos, las sulfamidas y los demás compuestos orgánicos de composición química definida correspondientes a PARTIDAS PRECEDENTES DEL PRESENTE CAPITULO que tengan actividad antibacteriana.
d) Las mezclas deliberadas de antibióticos entre sí ( principalmente, mezclas de penicilina y de estreptomicina) utilizadas para fines terapéuticos o profilácticos (PARTIDA 30.03) .
e) Los productos intermedios obtenidos durante la fabricación de antibióticos por filtración y primera extracción cuyo contenido en antibióticos no sobrepasa generalmente el 60% (PARTIDA 38.19). PAGINA 458. PARTIDA 30.03. APARTADO A) 1). Intercalar después de este apartado la EXCLUSION siguiente:
“Sin embargo, esto no quiere decir que las preparaciones que figuran en las farmacopeas oficiales y entre las especialidades farmacéuticas están clasificadas siempre en la PARTIDA 30.03. Así, están clasificadas en la PARTIDA 33.06, las preparaciones para tratamiento del acné, destinadas principalmente a limpiar la piel y que no contienen ingredientes activos en cantidad suficiente para ser consideradas como dotadas de acción esencialmente terapéutica o profiláctica sobre el acné”.
PAGINA 461. PARTIDA 30.04. ULTIMO PARRAFO (EXCLUSION) .Nueva redacción:
“Por otra parte, esta partida tampoco comprende las compresas y tampones higiénicos (partidas 48.21, 59.01 o 62.05”
PAGINA 490 A. PARTIDA 32.09. EXCLUSION D). Nueva redacción:
“r) Las pinturas en polvo consistentes principalmente en materias plásticas y conteniendo aditivos y pigmentos, utilizadas para el revestimiento de objetos por acción del calor, con aplicación de electricidad estática o sin ella (CAPITULO 39)”.
PAGINA 508. PARTIDA 34.03.
1. Después del apartado E), insertar los NUEVOS APARTADOS siguientes:
“F) LA PRELACIONES PARA EL DESENROSCADO DE TUERCAS están destinadas a desbloquear tornillos, tuercas u otras piezas. Están constituidas generalmente por aceites lubricantes como componente esencial y pueden contener también lubricantes sólidos, disolventes, productos tensoactivos, agentes antiherrumbre, etc.
G) LAS PREPARACIONES ANTIHERRUMBRE O ANTICORROSION que contienen esencialmente lubricantes”.
2. EXCLUSIONES.
a) Suprimir la exclusión b); y
b) Las actuales exclusiones “c)” y “d)” pasan a ser “b” y c)
PAGINA 515. PARTIDA 35.03, APARTADO B). LINEA 2a. Añadir la frase siguiente, después del punto:
“Pueden contener aditivos tales como agentes de conservación, pigmentos u otros agentes modificadores de la viscosidad”. PAGINA 564. PARTIDA 38.19.
1. Apartado 34). Nueva redacción:
“34) LAS PREPARACIONES ANTIHERRUMBRE. Se trata de preparaciones a base, por ejemplo, de ácido fosfórico, que actúan químicamente para prevenir la herrumbre. También se clasifican aquí, por ejemplo, las soluciones de lanolina cuyo contenido en white spirit es igual o superior al 70 por ciento en peso.
Las preparaciones antiherrumbre que contienen esencialmente lubricantes y menos del 70 por ciento en peso de aceites de petróleo o de minerales bituminosos corresponden a la PARTIDA 34.03″.
2. Suprimir el apartado 37).
PAGINAS 565 y 566.
Los actuales apartados “38) ” a “44) ” pasan a ser “37) ” a “43) “.
PAGINA, 681. PARTIDA 48 . 07. APARTADO 3). TERCER PARRAFO (“LOS PAPELES ACEITADOS…”. Nueva redacción:
“Los papeles de embalaje aceitados; los papeles para copias aceitados o encerados; los papeles clisés de multicopista; algunos papeles de calcar; los papeles reactivos tales como los papeles de tornasol y los papeles buscapolos los papeles y cartones aislante impregnados con resinas artificiales por ejemplo; los papeles cauchutados, los papeles y cartones simplemente impregnados de asfalto o de alquitrán”
PAGINA 696. PARTIDA 48.21. APARTADO 4). LINEA 2a.
Sustituir “paños higiénicos” por “compresas y tampones higiénicos”.
PAGINA 805. PARTIDA 59.01. ULTIMO PARRAFO. APARTADO 2) . Nueva redacción:
“2) Las compresas y tampones higiénicos constituidos por guata, incluso envuelta en una red poco tupida de tejido o de punto cuyo carácter es accesorio” PAGINA 809. PARTIDA 59.03. Después del SEPTIMO PARRAFO, intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“Corresponden también a la presente partida las máscaras de protección contra el polvo, los olores, etc., cuyo órgano filtrante no reemplazable está constituido por varias capas de tela sin tejer, incluso tratadas con carbón actividao o con una capa de fibras sintéticas intercalada”.
PAGINA 850. PARTIDA 62.05. APARTADO 14). Nueva redacción “141 Las compresas higiénicas (excluidas las de la partida 59.01 Página 936. Partida 70.11. Apartado A).
Intercalar a continuación el NUEVO PARRAFO siguiente:
“También se clasifican aquí las partes de vidrio de las ampollas antes citadas, tales como la pantalla o el cono de un tubo catódico para receptor de televisión en color o los reflectores de lámparas de proyectores, que presenten las características esenciales del artículo completo”.
PAGINA 939. PARTIDA 70.14. APARTADO D). LINEAS 7a Y 8a.
Después de ” ciertas balizas”, intercalar lo siguiente:”lámparas de proyectores”. PAGINA 1401. PARTIDA 85. 01. APARTADO I. SEXTO PARRAFO.LINEA 5a. Suprimir “motor eléctrico”.
PAGINA 1445 PARTIDA 85.15. “PARTES Y PIEZAS SUELTAS”.Añadir el NUEVO PARRAFO siguiente: “Corresponde principalmente a esta partida, como partes de antenas, los dispositivos de orientación de las antenas receptoras, de radiodifusión, compuestas esencialmente por un motor eléctrico solidario del mástil de la antena para producir su rotación, y por una caja de mando, separada, para la orientación y el posicionamiento de la antena”.PAGINA 1461 PARTIDA 85.20. EXCLUSION a). Nueva redacción:
“a) Las ampollas y envolturas tubulares de vidrio y sus partes de vidrio, a CONDICION DE QUE estas últimas presenten las características esenciales por ejemplo reflectores de lámparas de proyectores (PARTIDA 70.11)”. PAGINA 1464 A. PARTIDA 85.21. APARTADO C. ULTIMA LINEA.
Nueva redacción:
“… nidos en la PARTIDA 90 . 29, oscilador de cuarzo para reloj electrónico en la PARTIDA 91.11”.
PAGINA 1469 E. PARTIDA 85.21. “PARTES Y PIEZAS SUELTAS”. EXCLUSIONES.
1. Intercalar la NUEVA EXCLUSION a) siguiente:
“a) Las pantallas y conos de vidrio para ampollas de tubos catódicos (PARTIDA ,0.11)”.
2. Las actuales exclusiones “a)” y “b)” pasan a ser “b)” y “c)”.
PAGINA 1595. PARTIDA 90.18 EXCLUSIONES 1. Intercalar la NUEVA EXCLUSION a) siguiente:
“a) Las máscaras de protección contra el polvo, los olores, etc., cuyo órgano filtrante no reemplazable está constituido por varias capas de tela sin tejer, incluso tratadas con carbón activado o con una capa de fibras sintéticas intercalada (PARTIDA 59.03)”.
2. Las actuales exclusiones “a)” a “c” pasan a ser “b)” a “d) “.
PAGINA 1670. PARTIDA 91. 07. PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Están comprendidos aquí los mecanismos de pequeño volumen, sin caja, terminados, es decir, completos, montados y en estado de marcha. Estos mecanismos pueden agruparse en cinco tipos principales:
1) mecanismos mecánicos
2) mecanismos electrónicos con volante espiral;
3) mecanismos electrónicos con resonador de flexión (diapasón);
4) mecanismos de cuarzo con visualizador analógico (manecillas)
5) mecanismos de cuarzo con visualizador electrónico numérico (diodos emisores de luz DEL o visualizadores de cristales líquidos DCL).
Los mecanismos mecánicos o electrónicos con visualizador analógico pueden presentarse sin esfera ni manecillas.
Por el contrario, los mecanismos electrónicos (SOLID STATE) de visualizador numérico el módulo visualizador forma cuerpo con el mecanismo de tal forma que si carece de él dicho mecanismo no está en estado de marcha y no puede considerarse terminado, en el sentido de esta partida”.
PAGINA 1671. PARTIDA 91. 08. PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Esta partida abarca todos los demás mecanismos de relojería terminados, es decir, completos, montados y en estado de marcha; los de visualizador analógico (manecillas) pueden presentarse sin esfera ni manecillas”.
PAGINA 1674. PARTIDA 91.11. PRIMER PARRAFO. EXCLUSION
B) 1). LINEA 3a. Después de “cables”, intercalar “condesadores ajustables (trimmers), circuitos impresos, transistores, diodos electrolumniscentes” .
PAGINA 1675. PARTIDA 131.11. APARTADO B.
1. Intercalar el siguiente párrafo de introducción: “Entre ellas se pueden citar:”.
2. Añadir al final el NUEVO APARTADO 8) siguiente.
“8) PARTES DE MECANISMOS ELECTRONICOS.
1. Circuitos para relojes, constituidos, por ejemplo, por un soporte aislante que lleva conexiones impresas y otros componentes discretos obtenidos por procedimiento distinto de la impresión (por ejemplo, bobinas, condensadores, resistencias, diodos y transitores) así como, en su caso, un circuito integrado.
2. Partes de mecanismos o mecanismos sin terminar constituidos por una platina o un soporte similar, sobre el que se han colocado, además del circuito electrónico para reloj (circuito integrado, por ejemplo), otras partes de relojes, tales como: oscilador de cuarzo, condensador ajustable, visualizador numérico (visualizador de cristales líquidos o de diodos emisores de luz) o motor para accionamiento de las manecillas. Sin embargo, deben considerarse “mecanismos electrónicos terminados” de la partida 91.07 o 91.08 los mecanismos constituidos por una platina o soporte similar, sobre el que se han ensamblado, de manera que forman un conjunto terminado, el circuito electrónico (circuito integrado monolítico, por ejemplo), el órgano regulador (oscilador de cuarzo, por ejemplo), el dispositivo de corrección del tiempo (condensador ajustable), y el visualizador numérico o analógico (visualizador de cristales líquidos, de diodos emisores de luz o por agujas), estén o no provistos de pilas y, en su caso, de una esfera y de agujas”.
3) CORRECCION NÚMERO 32 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento número 26.386 de 1982), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 82. PARTIDA 13.03. EXCLUSION C). ULTIMA LINEA.Sustituir ultima línea por:
“por eterificación o esterificación (partida 39.06) “.
PAGINA 109. CAPITULO 16. CONSIDERACIONES GENERALES. PARRAFO PRIMERO.
1. APARTADO 2). LINEA SEGUNDA. Suprimir “(incluidos los llamados PLATOS PREPARADOS”,
2. APARTADO 3). LINEAS SEXTA A NOVENA. Sustituir la frase entre paréntesis por lo siguiente:
“i) Sin embargo, las salsas, condimentos y sazonadores del tipo de los descritos en la PARTIDA 21.04, así como los preparados para sopas, potajes o caldos, las sopas, potajes o caldos preparados y las preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas citados en la PARTIDA 21.05 se clasifican siempre en estas partidas”.
3. A CONTINUACION DEL APARTADO 3), AÑADIR EL NUEVO APARTADO
4) siguiente:
“4) Presentados en forma de preparaciones alimenticias compuestas (incluidos los platos guisados) que contienen embutidos, carne, despojos, pescado, crustáceos o moluscos mezclados con legumbres, espaguetis, salsa, etc., con la condición de que el contenido de embutidos, de carne, de despojos, de pescado, de crustáceos o moluscos o una combinación de estos productos sobrepase el 20% del peso de
la preparación. Cuando la preparación contenga dos o más productos de los mencionados anteriormente ( carne y pescado, por ejemplo), se clasificará en la partida del Capítulo 16 correspondiente al componente que predomine en peso.
En todo caso, el peso a tomar en consideración es el peso real de carne, de pescado etc., en la preparación tal como se presente y no el peso de estos productos antes de confeccionar la preparación”.
PAGINA 110. PARTIDA 16.01, Nueva redacción:
“Esta denominación comprende las PREPARACIONES constituidas por carne o por despojos comestibles (incluidos las tripas y los estómagos), cortados en trozos o picados o par sangre, embuchados en tripas, estómagos, vejigas, pieles u otras envolturas similares (naturales o artificiales). Sin embargo algunos de estos productos pueden carecer de envoltura, habiéndoles dado por moldeo su forma característica, es decir, una forma cilíndrica o análoga de sección redonda, oval RECTANGULAR ( con ángulos más o menos redondeados) .
Los embutidos pueden estar crudos o cocidos, ahumados o no y adicionados de grasa, tocino, fécula, condimentos, especias, etc. Además, estas preparaciones pueden contener trozos de carne o de despojos relativamente grandes por ejemplo, del tamaño de un bocado). Los embutidos permanecen clasificados en la presente partida incluso si están cortados en rodajas o se presentan en recipientes herméticamente cerrados.
Entre otros, están clasificados en esta partida:
1) Las salchichas y salchichones a base de carne salchichas de Francfort, salami, etc. )
2) Los embutidos de hígado ( incluidos el hígado de aves de corral),
3) Las morcillas y butifarras.
4) Los chorizos, las sobrasadas, las mortadelas y otras especialidades análogas.
5) Las pastas, purés, batidos, gelantinas y picadillos presentados en envolturas para embutidos o moldeados para conferirles la forma característica de los embutidos.
La presente partida comprende también determinadas preparaciones alimenticias compuestas (incluidos los platos guisados) que contienen embutidos (véanse las Consideraciones Generales del presente Capítulo, párrafo primero, apartado 4) ) .
Por el contrario, ESTAN EXCLUIDAS DE PRESENTE PARTIDA:
a) Las carnes que, embuchadas en vejigas, en tripas o en envolturas similares ( naturales o artificiales), no están ni cortadas en trozos pequeños ni picadas, principalmente algunos jamones o paletas enrollados (PARTIDA 02.06 generalmente) .
b) La carne cruda, picada o cortada en trozos pequeños que no contengan otros ingredientes, incluso colocada en una envoltura (Capítulo 2 ) .
c) Las preparaciones colocadas en envolturas que ordinariamente no se utilizan para los embutidos, salvo si estas preparaciones están clasificadas en la presente partida incluso presentadas sin su envoltura (PARTIDA 16.02, generalmente).
d) Las aves cocidas y simplemente deshuesadas, tales como los pavos enrollados ( PARTIDA 16.02)”.
PAGINA 110. PARTIDA 16.02. PARRAFO PRIMERO. LINEAS TERCERA A QUINTA.
Después del punto y coma, sustituir la frase actual por la siguiente:
“ SE EXCLUYEN, además, de la presente partida las salsas, condimentos y sazonadores de la PARTIDA 21.04, así como los preparados para sopas, potajes o caldos, las sopas, potajes o caldos preparados y las preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas de la PARTIDA 21.05″.
PAGINA 110. PARTIDA 16.02. PARRAFO SEGUNDO. APARTADO 2). Nueva redacción: 2) Las pastas, purés, batidos, gelantinas y picadillos CON LA CONDICION de que estas preparaciones no respondan a los criterios que permitan clasificarlos en la partida 16.01 como embutidos”.
PAGINA 131. CAPITULO 20. CONSIDERACIONES GENERALES. EXCLUSIONES.
1. Intercalar la nueva exclusión b) siguiente:
“b) Las preparaciones alimenticias compuestas que contengan más del 20% en peso de embutidos, de carne. De despojos comestibles, de pescado, de crustáceos, de moluscos o de una combinación de estos productos (Capítulo 16) “.
2. Las actuales exclusiones ”b) ‘ a “d)” pasan a ser “c” a “e)”.
PAGINA 141. PARTIDA 21.04.
1. En el párrafo primero, línea tercera, intercalar ‘carnes”, entre “hortalizas”, y frutas”.
2. En el párrafo cuarto, lineal segunda, después de “la bearnesa”, intercalar lo siguiente:
La boloñesa (que contiene carne picada, puré de tomate, especias, etc. )”.
PAGINA 144 B. PARTIDA 21.07. APARTADO 10).
1. LINEAS SEGUNDA Y TERCERA. Sustituir la frase “rellenas de sustancias distintas de la carne, el pescado, los crustáceos o los moluscos” por lo siguiente: “rellenas con queso, principalmente,”.
2. Añadir al final el texto siguiente:
“Por otra parte, los productos anteriores rellenos o combinados con embutidos, carne, despojos comestibles, pescado, crustáceos, moluscos o una combinación de estos productos también corresponden a la presente partida, con LA CONDICION de que no contengan más, del 20% en peso de embutidos de carne, de pescado, etc. Están EXCLUIDOS aquellos que contengan más del 20%, en peso de embutidos, de carne, de pescado, etc. (CAPITULO 16)”.PAGINA 159. PARTIDA 23.06. A continuación del apartado 9), incluir el NUEVO APARTADO 10 siguiente:
“10) Los concentrados totales de proteínas de hojas de color verde y los concentrados fraccionados de proteínas de hojas de color verde, obtenidos por tratamiento térmico a partir de Jugos de alfalfa”.
PAGINA 439. PARTIDA 30.03. APARTADO B). 1. APARTADO A). LINEA TERCERA. Después de “ampollas”, añadir lo siguiente: “(por ejemplo, el agua bidestilada en ampollas de 1,25 a 10 cm 3 destinada a utilizarse, bien directamente para el tratamiento de ciertas enfermedades, como el alcoholismo o el coma diabético), o bien como disolvente en la preparación de soluciones medicamentosas inyectables) ,”.
2. APARTADO B). LINEA SEGUNDA. Después de “productos”, añadir lo siguiente:
(por ejemplo, el bicarbonato sódico y el polvo de tamarindo) ” .
PAGINA 506. PARTIDA 34.02. APARTADO I.
1. PARRAFO PRIMERO.
a) Línea cuarta Después de “0,5 por 100” añadir “a la temperatura de 20°C”.
b) LINEAS CUARTA Y QUINTA, Sustituir “a una temperatura de 20°C” por ” a la misma temperatura”,
2. PARRAFO SEGUNDO (EXCLUSIONES). LINEA SEGUNDA. Después de “concentración de 0,5%” añadir “a la temperatura de 20° C”.
PAGINA 571. CAPITULO 39. CONSIDERACIONES GENERALES.
APARTADO 4). Nueva redacción:
“4) EN FORMA DE MONOFILAMENTOS CUYA MAYOR DIMENSION DE SU SECCION TRANSVERSAL SEA SUPERIOR A 1 MM, DE TUBOS, BARRAS, VARILLAS O PERFILES, que contengan o no materias colorantes. Los perfiles son productos obtenidos en grandes longitudes en una sola operación (generalmente por extensión ) cuya sección transversal es constante o repetitiva de uno a otro extremo.
Las partidas 39.01 a 39.06 comprenden también los productos cortados a longitudes determinadas, cuando la longitud exceda de la dimensión máxima del corte transversal, o trabajados en su superficie (pulimentados, deslustrados, etc). pero con exclusión de los que hayan sufrido otras operaciones. Los perfiles utilizados para obturar las juntas de ventanas, una de cuyas caras es adhesiva y está protegida por un papel, corresponden a estas partidas.
Los productos cortados a longitudes determinadas, en los cuales su longitud no sobrepasa la mayor dimensión del corte transversal, o que han sido sometidos a cualquier otro trabajo (taladrados, fresados, unidos por encolado o costura, etc.) se clasifican como artículos en la PARTIDA 30.07, a menos que estén EXCLUIDOS del presente Capítulo o estén comprendidos más específicamente en otra partida de la Nomenclatura” .
PAGINA 605 PARTIDA 40.08.
2. Párrafo primero. Apartado 2). Nueva redacción:
2) LAS VARILLAS Y PERFILES (incluidos los HILOS de cualquier perfil, cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior a 5 mm). Los perfiles son productos obtenidos en grandes longitudes en una sola operación ( generalmente por extrusión) cuya sección transversal es constante o repetitiva de uno a otro extremo”.
3. PARRAFO SEGUNDO.
a) LINEA PRIMERA. Sustituir “bandas y perfiles” por andas, varillas y perfiles”
h) LINEA TERCERA. A continuación del punto y seguido, intercalar lo siguiente:
“Los perfiles utilizados para obturar las juntas de ventanas, una de cuyas caras es adhesiva y está protegida por un papel, corresponden a la presente partida”.
PAGINA 609. PARTIDA 40.14. ULTIMO PARRAFO. Dos últimas líneas. Nueva redacción:
” . . . en la partida 40.08, pero que hayan sido fresados, torneados, unidos por encolado o trabajados de otra forma”
PAGINA 611. PARTIDA 40.15. APARTADO 3). Después del punto final, añadir lo siguiente “Los perfiles son productos obtenidos en grandes longitudes en una sola operación, cuya sección transversal es constante o repetitiva de uno a otro extremo”.
PAGINA 622. PARTIDA 42.02. APARTADO 2). LINEAS CUARTA Y QUINTA.
Después de las palabras “bolsas para provisiones intercalar lo siguiente:
¨”( incluidas las confeccionadas con una hoja delgada de materia plástica y que se destinan al transporte de artículos ligeros, tales como medicamentos, etc., CON LA CONDICION de que tengan asas, aunque tales asas se hayan recortado simplemente en la hoja de materia plástica)”
PAGINA 625. PARTIDA 42.05. SEGUNDO PARRAFO. LINEAS QUINTA Y SEXTA.
En lugar de “tiras para cerquillos de longitud indeterminada” poner “los cerquillos de longitud indeterminada”, PAGINA 639. PARTIDA 44.09. APARTADO 5).
Añadir al final la nueva frase siguiente: “Están comprendidas también en esta partida las varillas de madera (clavijas) para uniones, de sección uniforme, cuyo diámetro oscila en general entre a y 75 mm, y su longitud entre 45 y 250 cm, del tipo de las que se utilizan principalmente para unir las partes de muebles de madera”.
PAGINA 681.48.07. EXCLUSIONES.
1 Intercalar la siguiente nueva exclusión f):
“f) Los productos constituidos por una capa de papel o de cartón revestido o recubierto de materia plástica cuando el espesor de esta última sobrepase la mitad del espesor total (PARTIDAS 39.11 a 39.06)”.
2. Las exclusiones actuales “f)” a ” n) pasan a ser “g)” a ” o)”.
PAGINA 700. PARTIDA 49.01. TERCER PARRAFO. LINEAS CUARTA A OCTAVA. Nueva redacción:
“Tal es el caso, principalmente, de los catálogos o anuarios publicados por asociaciones comerciales que contienen una parte documental acompañada por una cantidad substancial de textos publicitarios referentes a los miembros de la agrupación, así como las publicaciones que llaman la atención sobre los productos o servicios suministrados por el editor”
PAGINA 700. PARTIDA 49.01. CUARTO PARRAFO. Nueva redacción:
” Por el contrario, las publicaciones científicas u otras, editadas por empresas industriales o asociaciones similares, o por su cuenta, o las publicaciones que tratan simplemente de la evolución de la actividad o de los progresostécnicos de una rama industrial o comercial y que no contienen ninguna publicidad directa o indirecta permanecen clasificados en la presente partida”,
PAGINA 701. PARTIDA 49.02. TERCER PARRAFO. Al final del apartado 2) añadir el siguiente texto:
“Algunas revistas, como las revistas de moda ilustradas, están constituidas casi enteramente por ilustraciones y no contienen artículos y poco o ningún comentario La mención del nombre del creador, del modisto, del proveedor de los accesorios, etc., no significa que la revista en cuestión se haya editado con fines publicitarios ni que se dedique esencialmente a la publicidad.
No obstante, SE EXCLUYEN de la presente partida y se clasifican en la 49.11, las revistas periódicas vendidas o distribuidas gratuitamente y difundidas con fines publicitarios por una sociedad comercial o una asociación o por su cuenta ( por ejemplo, el fabricante del tejido con el que se ha confeccionado tal o cual prenda o la cadena de almacenes que vende estas prendas o los accesorios que las acompañan) “.
PAGINA 710. PARTIDA 49.11. SEGUNDO PARRAFO. APARTADO 1).
1 LINEA CUARTA.
Después del paréntesis, sustituir la “y” por una coma.
2. Línea cuarta.
Suprimir el punto final y añadir el siguiente texto” y los diarios y publicaciones periódicas publicados esencialmente con fines publicitarios”
PAGINA 860. PARTIDA 64.05. EXCLUSION a). Nueva redacción:
“a) Los cerquillos de longitud indeterminada, de cuero natural o regenerado (PARTIDA 42.05), de materia plástica (Capítulo 39) o de caucho (CAPITULO 40)”. PAGINA 861. PARTIDA 64.06. EXCLUSIONES.
a) Exclusión a). Nueva redacción:
” a) Las rodilleras y tobilleras tales como las de tejido elástico que cumplen un simple papel de sujeción o de soporte de las articulaciones débiles) (régimen de las manufacturas de la materia constitutiva)”.
b) Incluir la NUEVA EXCLUSION d) siguiente:
” d) Las rodilleras de protección para la práctica de los deportes, generalmente rellenas o con refuerzos (PARTIDA 97.06) “.
PAGINA 979. PARTIDA 71.16.
Después del primer párrafo (a continuación del Apartado II), intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“Corresponden también a la presente partida los artículos de bisutería de fantasía sin acabar o incompletos pendientes, pulseras, collares, etc), tales como:
a) Anillas abiertas semiacabadas constituidas por un alambre de aluminio anodizado, generalmente torcido o trabajado superficialmente, provistos o no de cierres rudimentarios, utilizados a veces, tal como se presentan, como pendientes
b) Motivos decorativos de aluminio, incluso pulidos, ensamblados por pequeños eslabones, en bandas de longitud indeterminada”.
PAGINA 1.008. PARTIDA 73.14. SEPTIMO PARRAFO (EXCLUSIONES) .
1. Intercalar la nueva exclusión h) siguiente:
” h) Los alambres de dientes de sierra destinados a ser utilizados como guarniciones para cardas (guarniciones “de acero” para cardas) (Partida 84.38)”
2. Las exclusiones actuales “h)” e ”ij)” pasan a ser en consecuencia ” ij) y “k)”
PAGINA 1.185. PARTIDA 84.07. PRIMER PARRAFO DESPUES DE LAS ASTERISCOS.
Añadir a continuación el nuevo párrafo siguiente:
“Lo mismo ocurre en los cilindros hidráulicos compuestos, por ejemplo, por un cuerpo de latón o de acero y por un émbolo accionado por aceite (o por cualquier otro liquido) a presión cuya acción se ejerce, bien por un solo lado (efecto simple), bien por ambos lados (doble efecto) del pistón, que transforman la energía del liquido a presión en movimiento rectilíneo. Estos cilindros se destinan a equipar máquinas, herramientas, maquinaría de obras públicas, mecanismos de dirección, etc.”.
PAGINA 1.188. PARTIDA 84.08. APARTADO B.
Añadir al final el NUEVO PARRAFO SIGUIENTE:
“Pertenecen también a este grupo, los cilindros neumáticos compuestos, por ejemplo, por un cuerpo de latón o de acero y por un émbolo accionado por aire comprimido cuya acción se ejerce, bien por un solo lado (efecto simple), bien por ambos lados (doble efecto) del pistón, que transforman la energía del gas a presión en movimiento rectilíneo. Estos cilindros se destinan a equipar máquinas, herramientas, maquinaria de obras públicas, mecanismos de dirección, etc.”
PAGINA 1.298. PARTIDA 84.36. APARTADO 13. LINEA SEXTA.
Después de “tambor giratorio revestido” intercalar lo siguiente:
“de alambres de dientes de sierra, de acero, o”.
PAGINA 1.307. PARTIDA 84.38. APARTADO B). PARRAFO PRIMERO. APARTADO 5).
Suprimir el punto final y añadir lo siguiente:
” y los alambres de cardas de dientes de sierra”.
PAGINA 1.502. PARTIDA 87.02. PARRAFO SEGUNDO. APARTADO 1). LINEAS PRIMERA A QUINTA. Nueva redacción:
“LOS VOLQUETES AUTOMOVILES O “DUMPERS” que son vehículos de construcción robusta, de caja basculante o con fondo que se abre, concebidos para el transporte de escombros, materiales diversos, remolacha, etc. Estos vehículos, de chasis rígido o articulado, generalmente equipados con ruedas todo terreno, pueden circular, sobre terrenos blandos. Este grupo comprende tanto los vehículos pesados”.
PAGINA 1.508. PARTIDA 87.06. APARTADO B. LINEA DECIMA.
Después de “vehículos”, intercalar lo siguiente:
” los cinturones de seguridad, destinados a fijarlos permanentemente en el interior de los vehículos para protección de las personas,”.
PAGINA 1.522. PARTIDA 87.14. APARTADO C).
1. Intercalar el nuevo apartado 4) siguiente:
“4) Los remolques para transporte de diversos productos (forraje, estiércol, etc.) denominados “autodescargables” provistos de un piso móvil que permite descargarlos, pudiendo estar equipados con diferentes dispositivos (para trocar el estiércol, picar el forraje, etc.) que permiten utilizarlos como esparcidores de estiércol distribuidores de forraje o distribuidores de raíces forrajeras”.
2. Los apartados “4)” a “12)” actuales pasan a ser ” 5)” a “13)”
PAGINA 1.523. PARTIDA 87.14.
Los apartados “13)” a “17)” actuales pasan a ser “14)” a ” 18)”.
PAGINA 1.567. PARTIDA 90.13.
1. Intercalar el NUEVO APARTADO 9) siguiente:
“9) Los DISPOSITIVOS DE CRISTALES LIQUIDOS formados por una capa de cristales líquidos intercalada entre dos placas u hojas de vidrio o de materia plástica, provistos o no de conductores eléctricos, presentados en pieza o cortados con formas determinadas, que no constituyen artículos incluidos más específicamente en otras partidas”.
2. El apartado “9)” actual pasa a ser “10)”.PAGINA 1.568. PARTIDA 90.13.
El apartado “10)” pasa a ser “11)” PAGINA 1.662. PARTIDA 91.02. PRIMER PARRAFO.
Añadir al final el texto siguiente:
“En el caso de mecanismos de pequeño volumen totalmente electrónicos (solid state) debe tomarse en consideración el espesor del mecanismo completo en estado de marcha (módulo) con su dispositivo visualizador”
PAGINA 1.670. PARTIDA 91.07. TERCER PARRAFO. (DESPUES DE LA ACTUALIZACION NÚMERO 31).
a) Línea séptima. Después de “puentes”, intercalar lo siguiente:
“ En el caso de relojes totalmente electrónicos (SOLID STATE) debe tomarse en consideración el espesor del mecanismo completo en estado de marcha (módulo) con su dispositivo visualizador.
b) Dos últimas líneas. Suprimir la frase:
“También pueden estar destinados… se les dé cuerda eléctricamente”.
PAGINA 1.671. PARTIDA 91.08. TERCER PARRAFO. LINEA CUARTA.
Después de “eléctricos”, intercalar “distintos de los que se clasifican en la partida 9107,” PAGINA 1.761. PARTIDA 97.06. APARTADO B) y 4). Nueva redacción:
4) Material de esgrima: floretes, sables, espadas y sus
partes (por ejemplo, hojas, guardas, empuñaduras, botones), etc.”.
PAGINA 1762. PARTIDA 97.06. APARTADO B). A) APARTADO 6). LINEA SEGUNDA.
Después de “patines de ruedas (incluidos los fijos al calzado),”, intercalar “planchas con ruedas (SKATE BOARDS o monopatines),”.
b) NUEVO APARTADO 7). Incluir el nuevo apartado 7) siguiente:
7) Equipo de protección para juegos y deportes:
máscaras y petos para la práctica de la esgrima, coderas y rodilleras, por ejemplo.”
4) CORRECCION NÚMERO 33 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento número 26.872 de 1982), que a continuación se transcribe:
PAGINA 9. CAPITULO 2. CONSIDERACIONES GENERALES. PARRAFO CUARTO.
1. APARTADO 2). LINEAS SEGUNDA Y TERCERA. Suprimir las palabras siguientes:
“Los ovarios, el tiroides, la hipófisis”.
2. APARTADO 3). LINEA TERCERA. Después de “la médula espinal”, intercalar lo siguiente:
“Los ovarios, el tiroides, la hipifisis”.
PAGINA 34. PARTIDA 06.01. ULTIMO PARRAFO (EXCLUSIONES). ULTIMA LINEA.
Suprimir el punto final y añadir “y las raíces de achicoria (PARTIDA 12.08) “.
PAGINA 34. PARTIDA 06.02. PARRAFO PRIMERO. APARTADO 3). ULTIMA LINEA.
Suprimir el punto final y añadir “o las raíces de achicoria (PARTIDA 12.08)”.
PAGINA 68. PARTIDA 12.07 PARRAFO TERCERO. LINEA QUINTA.
Entre “(PARTIDA 12.06).” y “las gomas”, intercalar lo siguiente:
“las raíces de achicoria (partida 12.08),”.
PAGINA 71. PARTIDA 12.07.
Entre “PIMIENTA DE CUBETA” y “PODOFILO”, intercalar la siguiente:
PIMIENTA LARGA (PIPER LONGUM): raíces y tallos subterráneos.”
“PAGINA 72. PARTIDA 12.08. APARTADO A). Sustituir el primer párrafo y la exclusión por los textos siguientes:
“La presente partida comprende todas las raíces de achicoria (es decir, del género CICHORIUM, frescas o secas, incluso reducidas a trozos.
La raíz de achicoria (CICHORIUM INTYBUS VAR, SATIVUM) tostada (empleada como sucedáneo del café) se clasifica en la PARTIDA 21.02.”
PAGINA 88 A. PARTIDA 14.05.
A continuación del apartado C) 7), añadir EL NUEVO APARTADO 8) siguiente:
“8) LAS HOJAS DE BETEL, constituidas por las hojas de la planta trepadora, denominada PIPER BETLE L, verdes y frescas.
Las hojas de betel se suelen masticar después de las comidas por su acción refrescante y estimulante”.
PAGINA 129. PARTIDA 19.08. PARRAFO PRIMERO.
1) EN EL APARTADO 1). LINEA SEGUNDA, sustituir “o cacao (bollería)” por lo siguiente: “, cacao, carne, pescado, etc.”.
2) EN EL APARTADO 2). LINEA CUARTA, delante de “esencias” intercalar lo siguiente: “carne, pescado,”.
3) A continuación del apartado 6), añadir los nuevos apartados 7) y 8) siguientes:
7) LA QUICHE, constituida por una pasta rellena de ingredientes tales como queso, huevos, nata, mantequilla sal, pimienta, nuez moscada y, en el caso de quiche lorraine (empanada de Lorena), tocino entreverado o jamón.
8) La PIZZA, constituida por una pasta de pan recubierta con otros ingredientes tales como queso, tomate, aceite, carne, anchoas”.
PAGINA 140. PARTIDA 21.02, APARTADO 4). PARRAFO SEGUNDO.
LINEA SEGUNDA.
Después de “achicoria”, intercalar “CICHORIUM INTYBUS VAR. SATIVUM)”.
PAGINA 739. PARTIDA 53.01. PARRAFO PRIMERO. LINEAS PRIMERA Y SEGUNDA.
sustituir la primera frase por lo siguiente:
“A efectos de la presente Namenclatura, se entiende por lana la fibra natural que recubre a los ovinos.”.
PAGINA 783. PARTIDA 58.04. APARTADO C). TITULO. Sustituir el texto actual por lo siguiente: “C. TEJIDOS DE CHENILLA o FELPILLA”.
PAGINA 1014. PARTIDA 73.18, ULTIMO PARRAFO. EXCLUSION E). 1. LINEA cuarta. Sustituir “tubos de escape” por “colectores de escape”.
2. Línea quinta. Después de “SECCION XVI”, añadir lo siguiente: “Los silenciadores y tubos de escape de vehículos del Capítulo 87 (PARTIDAS 87.06 y 87.12, por ejemplo)”.
PAGINA 1183. PARTIDA 84.06. PIEZAS Y PARTES SUELTAS.
PARRAFO PRIMERO. LINEA QUINTA. Sustituir “y de escape” por “colectores de escape”. PAGINA 1185. PARTIDA 84. 07 . NUEVO PARRAFO.
Añadir, a continuación de los asteriscos, el nuevo tercer párrafo siguiente:
“La presente partida comprende también los accionadores hidráulicos, presentados aisladamente, compuestos por un cuerpo de metal en el que se desplaza un émbolo que transforma, por medio de un eje perpendicular a su vástago, el movimiento lineal resultante de la acción de un liquido a presión en movimiento rotativo, con objeto de maniobrar las válvulas de obturador giratorio u otras máquinas o aparatos de mecanismo rotativo”.
PAGINA 1188. PARTIDA 84.08. APARTADO B. NUEVO PARRAFO. Añadir después del tercer párrafo (introducido por Act. 32), el NUEVO párrafo siguiente:
“Este grupo comprende también los accionadores neumáticos, presentados aisladamente, compuestos por un cuerpo de metal en el que se desplaza un émbolo que, por medio de un eje perpendicular a su vástago, transforma el movimiento lineal resultante de la acción de un gas a presión en movimiento rotativo con objeto de maniobrar las válvulas de obturador giratorio u otras máquinas o aparatos de mecanismo rotativo”.
PAGINA 1272. PARTIDA 84.30. APARTADO V.9). Nueva redacción:
“9) Las prensas para moldear las carnes o las grasas”.
PAGINA 1278. PARTIDA 84.31.
1) A continuación de apartado E), intercalar el NUEVO APARTADO F).
“F) Las máquinas trituradoras y desfibradoras que trabajan la pasta de papel ya preparada con objeto de obtener una pasta celulósica especialmente tratada para una aplicación particular (preparación de nitrocelulosa, por ejemplo)”.
2) Los apartados F) a H) actuales pasan a ser G) a IJ). PAGINA 1279. PARTIDA 84.31.
Los apartados IJ) a O) actuales pasan a ser K) a P). PAGINA 1408. PARTIDA 85.02. EXCLUSIONES.
Añadir la nueva EXCLUSION d) siguiente:
“d) Los soportes para registro magnético, tales como tarjetas constituidas por materiales magnéticos todavía sin magnetizar colocados entre dos hojas de materia plástica y utilizadas, principalmente, para abrir cerraduras magnéticas (partida 92.12) “.
PAGINA 1433, PARTIDA 85.13 . PARRAFO PRIMERO.
1) LINEA TERCERA. Sustituir “de la corriente eléctrica” por de una corriente eléctrica o de una onda óptica”.
2) Línea cuarta. Después de “circuito material” intercalar lo siguiente: “metálico o dieléctrico (cobre, fibras ópticas, cable mixto, etc.)”.
PAGINA 1502. PARTIDA 87.02. PARRAFO PRIMERO. LINEAS OCTAVA A DECIMA.
Sustituir la frase “los camiones con mecanismo mezclador. . . hormigoneras propiamente dichas) por lo siguiente:
“los camiones especialmente concebidos para el transporte del hormigón fresco, con EXCLUSION de los camiones hormigoneras de la PARTIDA 87.03”.
PAGINA 1504. PARTIDA 87.03. APARTADO 10). Nueva redacción:
“10) Los camiones hormigoneras compuestos por un chasis automóvil con cabina sobre el que se ha montado de forma permanente una hormigonera, susceptibles de realizar al mismo tiempo la fabricación y el transporte de hormigón”
PAGINA 1509. PARTIDA 87.06. APARTADO N).
Antes de “los tubos de escape”, intercalar lo siguiente:
” Los silenciadores”.
PAGINA 1509 PARTIDA 87.06. Añadir al final la NUEVA EXCLUSION siguiente:
Se excluyen de esta, partida los cilindros hidráulicos o neumáticos de las PARTIDAS 84.07 u 84.08”.
PAGINA 1533. PARTIDA 89.01. APARTADO A). LINEAS SEPTIMA Y OCTAVA.
Después de “los barcos de salvamento”, añadir lo siguiente: “( incluidas las cápsulas de salvamento
autopropulsadas)”.PAGINA 1701. PARTIDA 92.12. APARTADO A) 4). 1) PARRAFO PRIMERO. LINEA PRIMERA. Después de “discos” intercalar” o tarjetas”.
2) PARRAFO SEGUNDO, LINEAS NOVENA Y DECIMA. Después de “máquinas herramientas”, intercalar “a los datos que sirven para abrir cerraduras magnéticas”.
PAGINA 1758. PARTIDA 97.03. APARTADO 20) Nueva redacción: 20) Los juguetes que ejercitan la paciencia y habilidad: rompecabezas de todas clases, libros y hojas compuestos esencialmente por imágenes o estampas para recortar destinadas a formar un conjunto y libros que llevan ilustraciones móviles o que se levantan en relieve al abrirse el libro, cuando el artículo constituya esencialmente un juguete (véase la Nota Explicativa de la partida 49.03)”. PAGINA 1759. PARTIDA 97.04. 1) Apartado 5). Nueva redacción:
“5) Los juegos de croquet de salón y los juegos de bolos”.
2) APARTADO 6). LINEA SEXTA. Después de “tales como” intercalar “juegos de bolos automáticos,”, PAGINA 1759. PARTIDA 97.04.
1) Suprimir el apartado 10) .
2) Los apartados 11) a 13) pasan a ser 10) a 12).
3) Exclusiones:
a) Intercalar la NUEVA EXCLUSION b) siguiente:
b) Los rompecabezas (PARTIDA 97.03).
b) La exclusión b) pasa a ser c),
PAGINA 1762. PARTIDA 97.06.
1) APARTADO 6) (MODIFICADO POR ACTUALIZACION 32) . LINEA CUARTA.
Sustituir “juegos de bolos” por “bolas”.
2) EXCLUSION n). Nueva redacción:
“n) Los juegos de bolos de cualquier tipo (incluidos los de bolos automáticos) y los demás artículos para juegos de sociedad (PARTIDA 97.04)”.
PAGINA 1779. PARTIDA 98.16. APARTADO 2). LINEA PRIMERA.
Suprimir de tamaño natural,”
PAGINA 1458. PARTIDA 8519. APARTADO V. PARRAFO SEGUNDO (EXCLUSIONES). LINEA TERCERA.
Sustituir “Nota 3 del Capítulo 90” por “Nota 2 del Capítulo 90”.
5) CORRECCION NÚMERO 34 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (documento número 27.337 de 1982), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 51. PARTIDA 09.04. APARTADO 2). Segundo párrafo.
Nueva redacción:
“Los del género Capsicum pertenecen generalmente a las especies Capsicum frutescens y Capsicum annuum y se dividen en dos grupos principales los pimientos llamados ‘pimientos o pimienta de Chile” o “pimienta de Guinea” y los pimientos picantes (paprika). Existen diversas variedades (pimiento o pimienta de Cayena, pimiento o pimienta de sierra Leona, de Zanzibar, PAPRIKAde España y de Hungría, etc.)”.
PAGINA 338. PARTIDA 28.56.
1) PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Los carburos son compuestos binarios de carbono con otro elemento más electropositivo que él. Se clasifican también en esta partida los conocidos con el nombre de acetiluros”.
2) SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSION). PRIMERA LINEA.
Sustituir “combinaciones” por “compuestos binarios”
PAGINA 348. CAPITULO 29. CONSIDERACIONES GENERALES.
APARTADO C). PRIMER PARRAFO.
A continuación de la segunda línea, añadir lo siguiente:
“29.19-Lactosfosfatos.”.
PAGINA 363. PARTIDA 29.04 CH. APARTADO B), EXCLUSION.
Suprimir esta exclusión.
PAGINA 372. PARTIDA 29.08. APARTADO B-4) . Nueva redacción:
“4) Glicerilguetol (éter mono (2-otoxifenílico) de la glicerina); éter mono 2 (metoxifenílico) de la glicerina”
PAGINA 387. PARTIDA 29.14. APARTADO A.II) SEGUNDO PARRAFO.
Suprimir este párrafo (desde “El Acido piroleñoso a “… la presente partida”).
PAGINA 394. PARTIDA 29.16.
1) APARTADO 3). Segundo párrafo.
Suprimir el apartado d). Los apartados e) y f) actuales, pasan a ser d) y e), respectivamente.
2) APARTADO 4). SEGUNDO PARRAFO. Suprimir el apartado b). Los apartados “c)” a “e)” actuales, pasan a ser “b)” a “d)”, respectivamente.
PAGINA 422. PARTIDA 29.35. APARTADO 10)
1) Suprimir el apartado “a)” (…acriflavina …).
2) APARTADO B). PRIMERA LINEA.
Sustituir “sulfato ácido de 3,6-diaminoacridina” por hidrogenosulfato de 3,6-diaminoacridinio.”
3) Los apartados “b” y “c” actuales pasan a ser “a) ” “b)”, respectivamente.
PAGINA 425. PARTIDA 29.35. APARTADO 28) r).
A continuación de este apartado, incluir el siguiente:
s) DICETENO. Líquido incoloro, no higroscópico”.
PAGINA 439. PARTIDA 29.30. APARTADO D) Suprimir el apartado 2). El apartado “3)” actual pasa
PAGINA 454. PARTIDA 29.45. APARTADO 1).
1) Tercera línea.
Suprimir “, el diceteno”.
2) A continuación de la tercera línea del apartado 1) añadir la NUEVA EXCLUSION siguiente “Sin embargo, se EXCLUYE de esta partida el diceteno, que es una lactona de la PARTIDA 29.35”.
PAGINA 716. CONSIDERACIONES GENERALES DE LA SECCION XI.
APARTADO B.I). EXCLUSIONES.
1) Intercalar la NUEVA EXCLUSION d) siguiente:
“d) Los hilados textiles obtenidos por trenzado (PARTIDAS 58.07 o 59.04, según el caso)”.
Z) Las exclusiones “d)” y “e)” actuales pasan a ser “e)” y “f)”.
PAGINA 718. CUADRO SINOPTICO.
Añadir al final el siguiente texto:
“ Hilados obtenidos por trenzado.
1) Que presenten un trenzado tupido y una estructura compacta. Partida 59.04.
2) Los demás. Partida 58.07″.
PAGINA 728. PARTIDA 50.07. EXCLUSIONES.
Intercalar la NUEVA EXCLUSION b) siguiente:
“b) Las imitaciones de catgut obtenidas por trenzado (PARTIDA 59.64)”.
La exclusión “b) ” actual pasa a ser exclusión “c) “.
PAGINA 736. PARTIDA 51.02. EXCLUSIONES.
Intercalar la NUEVA EXCLUSION d) siguiente:
“d) Las imitaciones de catgut obtenidas por trenzado ( PARTIDA 59.04 ) “.
Las exclusiones “d)” y “e)” actuales pasan a ser exclusiones “e)” y “f)”.
PAGINA 790. PARTIDA 58.07. EXCLUSION b). Nueva redacción:
“b) Las trencillas que tienen el carácter de cordeles, de cuerdas o de cordajes trenzados, así como las imitaciones de catgut obtenidas por trenzado (PARTIDA 59.04)”.
PAGINA 811. PARTIDA 59.04. APARTADO 2) . Primera frase. Nueva redacción:
‘En todos los casos, los cardeles, cuerdas y cordajes trenzados se clasifican en esta partida sin tener en cuenta su peso por metro”.
PAGINAS 1173. PARTIDA 84.01. PARTES Y PIEZAS SUELTAS.
SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSION). Nueva redacción:
Los tubos de metal, curvados, plegados o doblados, pero sin otro trabajo, presentados sin ensamblar no se consideran reconocibles como partes de calderas y se clasifican, en consecuencia, en la SECCION XV”.
PAGINA 1175. PARTIDA 84.02. PARTES Y PIEZAS SUELTAS.
SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSIONES). Nueva redacción:
“Los tubos de metal, curvados, plegados o doblados, pero sin otro trabajo, presentados sin ensamblar, no se consideran reconocibles como partes de apartes de la presente partida y se clasifican, en consecuencia, en la Sección XV”.
PAGINA 1212 PARTIDA 84.17. APARTADO B).
1) Intercalar el nuevo apartado 16) siguiente:
16) Los haces DE INMERSION formados por un conjunto de tubos de materia plástica, paralelizados o trenzados reunidos en cada extremo por una estructura en forma de panal encerrada en un racor. Estos dispositivos, sumergidos en un baño, permiten mantenerlo a una temperatura constante, calentarlo o enfriarlo, cuando un fluido o un vapor circulan por los tubos”.
2) El apartado 16)” actual pasa a ser “17)”.
PAGINA 1217. PARTIDA 84.17. PARTES Y PIEZAS SUELTAS.
SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSIONES). Nueva redacción::
“Los tubos de metal, curvados, plegados o doblados, pero sin otro trabajo, presentados sin ensamblar, no se consideran reconocibles como partes de aparatos de la presente partida y se clasifican, en consecuencia, en la Sección XV”.
PAGINA 1375. PARTIDA 84.59. APARTADO F) . 1) . NUEVA REDACCION:
“1) Las máquinas para esparcir el mortero y el hormigón, con excepción de las hormigoneras y mezcladoras similares para la preparación del hormigón y mortero (PARTIDAS 84.56 U 87.03)”.
PAGINA 1376. PARTIDA 84-59. APARTADO F) 4) . Segunda línea. Nueva redacción “el hormigón fresco, así como los asfaltos y demás revesti-“.
PAGINA 1401. PARTIDA 85.01.
1) PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Son máquinas cuya función consiste en producir energía eléctrica a partir de determinadas fuentes de energía (mecánica, solar, etc. ), que se clasifican en esta partida siempre que se trate de aparatos no citados ni comprendidos más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura” .
2) Al final, antes de las exclusiones, intercalar los nuevos Párrafos siguientes:
“También corresponden a la presente partida los generadores fotovoltaicos, que consisten en paneles de células fotovoltaicas asociados a otros dispositivos tales como acumuladores de almacenamiento, electrónica de gestión (regulador de tensión, ondulador, etc. ) .
La producción de energía eléctrica se efectúa en estos casos por medio de fotopilas solares (o células solares) que transforman directamente la energía solar en energía eléctrica (conversión fotovoltaica)”.
3) EXCLUSIONES:
a) Intercalar las NUEVAS EXCLUSIONES “a)” y “c)” siguientes:
“a) Las pilas eléctricas (partida 85.03)”.
“c) Las células solares (partida 85.21)”.
b) Las exclusiones “a) ” y “b) ” actuales pasan a ser respectivamente “b” y “d)”.
PAGINA 1501. PARTIDA 87.02. APARTADO A).
AÑADIR EL NUEVO APARTADO 4):
“4) LOS MINIBUSES PARA ACAMPAR (viviendas motorizadas caravanas automoviles, etc. ) vehículos para el transporte de personas especialmente equipados para el alojamiento (camas, cocinas, aparatos sanitarios, etc . ) ” .
PAGINA 1505. PARTIDA 87.03. DOS PRIMEROS PARRAFOS.
EXCLUSIONES. Nueva redacción:
“SE EXCLUYEN también de esta partida
a) Las apisonadoras de propulsión mecánica (partida 84.09).
b) Los rodillos aplastadores agrícolas accionados por un motor (PARTIDA 81.24)
c) Los pequeños aparates móviles con motor auxiliar, conducidos por un peatón, tales como, por ejemplo, las barredoras para parques, jardines públicos, etc., los aparatos utilizados para trazar líneas en las carreteras en las calles (PARTIDA 84.59) .
d) Los minibuses para acampar (PARTIDA 87.02)”.
6) CORRECCION NÚMERO 35 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento número 28.292 de 1982), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 76. PARTIDA 13.02. APARTADO II. PRIMER PARRAFO . Nueva redacción:
“Las gomas, gomorresinas, resinas, oleorresinas y bálsamos tienen la particularidad común de ser secreciones vegetales que se solidifican en contacto con el aire”.
PAGINA 103. PARTIDA 15.13. SEGUNDO PARRAFO. DOS ULTIMAS LINEAS. Nueva redacción:
“lecitina, fécula, colorantes orgánicos, sustancias aromáticas vitaminas, mantequilla o materias grasas procedentes de la leche”.
PAGINA 104. PARTIDA 15.13. SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSIONES). ULTIMA FRASE. Nueva redacción:
“Sin embargo, la grasa alimenticia azucarada (sweetfat) y las preparaciones a base de mantequilla o de materias grasas de la leche corresponden a la partida 21.07” .
PAGINA 110. CAPITULO 16. CONSIDERACIONES GENERALES.
APARTADO 4) . PRIMERA LINEA.
Suprimir “compuestas” .
PAGINA 110 A. PARTIDA 16.01. ULTIMO PARRAFO ANTES DE LAS EXCLUSIONES. SEGUNDA LINEA.
Suprimir “compuestas ” .
PAGINA 110 B . PARTIDA 16.02. SEGUNDO PARRAFO. APARTADO
5). PRIMERA LINEA.
Suprimir “compuestas” .
PAGINA 112. PARTIDA 16.04. APARTADO 6) PRIMERA LINEA.
Suprimir “compuestas ” .
PAGINA 124. PARTIDA 19.02. APARTADO II. TERCER PARRAFO.
Nueva redacción:
“Conviene tener en cuenta, sin embargo, que se EXCLUYEN las preparaciones que contengan más del 20% en peso de embutidos, de carne, de despojos comestibles, de pescado, de crustáceos, de moluscos o de una combinación de estos productos (CAPITULO 16).
PAGINA 128. PARTIDA 19.07. SEGUNDO PARRAFO. Nueva redacción:
“No se tendrán en cuenta, sin embargo, las pequeñas cantidades de azúcares o de materias grasas (que no sobrepasan, generalmente, cada una el 5% en peso en estado seco), que no procedan de una adición de estas sustancias sino de ciertos ingredientes que entran normalmente en la composición del pan o se utilizan para su fabricación, principalmente mejoradores de panificación, frecuentemente a base de materias grasas.
PAGINA 131. CAPITULO 20. CONSIDERACIONES GENERALES.
EXCLUSION B). PRIMERA LINEA.
Suprimir “compuestas”.
PAGINA 144 A. PARTIDA 21.07. Añadir el nuevo apartado 6) siguiente:
“6) Las preparaciones a base de mantequilla o de materias grasas de la leche utilizadas principalmente en los productos de panadería fina”.
PAGINA 144 A. A 144 C.
Los aparatos “6)” a “19)” actuales pasan a ser “7)” a “20)”.
PAGINA 498. PARTIDA 33.01. APARTADO A.
Entre el párrafo tercero y el cuarto, intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“Los aceites esenciales y los resinoides simplemente tipificados por eliminación de una parte de su ingrediente principal siguen clasificados en esta partida CON LA CONDICION de que la composición del producto así tipificado esté entre los límites normales de este tipo de aceite en estado natural. Se excluyen. sin embargo, los aceites esenciales o los resinoídes que se han fraccionado o modificado de otro modo (excepto la desterpenación), de tal manera que la composición del producto resultante difiera sensiblemente de la del producto original (generalmente, PARTIDA 33.04)”.
PAGINA 499. PARTIDA 33.04.
Entre el párrafo primero y el segundo, intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“Son también mezclas de esta partida, los productos obtenidos por extracción de uno o varios ingredientes de los aceites esenciales o de los resinoides de tal manera que la composición del producto resultante difiera sensiblemente de la del producto original. Por ejemplo, el aceite de mentona (obtenido a partir de menta piperita cuya congelación, seguida de un tratamiento con ácido bórico, permite extraer la mayor parte del mentol y que contiene, principalmente, 63% de mentona y 16% de mentol), el aceite de alcanfor blanco obtenido a partir del aceite de alcanfor cuya congelación y destilación permiten extraer el alcanfor y el safrol y que contiene 30 a 40°/, de cinecl e igualmente dipenteno, pineno, canfeno, etc.) y el geraniol (obtenido por destilación fraccionada del aceite de citronela y que contiene 50 a 77% de geraniol así como una cantidad variable de citronelol y de nerol)”.
PAGINA 573. CAPITULO 39. CONSIDERACIONES GENERALES.
TERCER PARRAFO.
Añadir, al final, el siguiente texto:
“Conviene señalar a este respecto que los tableros para construcción formados por la superposición de capas de madera y de materias plásticas corresponden, en principio, el Capítulo 44 (Véanse las Consideraciones Generales de las Notas Explicativas de este Capítulo)”.
PAGINA 610. PARTIDA 40.14. SEGUNDO PARRAFO (EXCLUSIONES) .
1.-Intercalar la nueva exclusión c) siguiente:
”c) Los dispositivos de sujeción por ventosas de caucho constituidos por una montura; una empañadura y una palanca destinada a crear una depresión, de metales comunes (SECCION XV)”.
2.-Las exclusiones c) a h) actuales pasan a ser d) a ij)
PAGINA 634. CAPITULO 44. CONSIDERACIONES GENERALES.
Después del apartado 4) del segundo párrafo, intercalar el nuevo párrafo siguiente:
“Los tableros para la construcción formados por superposición de capas de madera y de materias plásticas quedan clasificados, en principio, en el presente Capítulo. La clasificación de estos tableros depende de la cara o caras exteriores, que generalmente le confieren el carácter esencial, con respecto a su utilización. Así, por ejemplo, los tableros para construcción empleados como elementos de techumbre de paredes o de suelo, constituidos por una cara exterior de madera (tableros de partículas) combinada con una capa de materia plástica aislante se clasificarán en la partida 44.18, cualquiera que sea el espesor de la capa de materia plástica, ya que la resistencia y la rigidez de la madera son las que permiten utilizar el tablero como elemento de construcción de madera, en tanto que la capa de materia plástica sólo tiene una función accesoria de aislamiento. Por el contrario, un tablero cuya parte de madera sólo sirve como soporte de una cara exterior de materia plástica se clasifica, en la mayor parte de los casos, en el Capítulo 39”.
PAGINA 665. PARTIDA 47.01. CUARTO PARRAFO. LINEA CUARTA.
Suprimir “o, mejor, pasta semiquímica”.
PAGINA 666. PARTIDA 47.01. PRIMER PARRAFO. Nueva redacción:
“Los procedimientos mecánicos y químicos se combinan a veces con el fin de obtener pastas que reciben diversos nombres: pastas semiquímicas, semimecánicas, químicomecanicas, etc.”.
PAGINA 1.041. PARTIDA 73.40. ULTIMO PARRAFO ANTES DE LAS EXCLUSIONES. Nueva redacción:
“También se clasifican aquí:
1° Los depósitos, cisternas, cubas y demás recipientes del tipo de los comprendidos en la PARTIDA 73,32, de capacidad igual o inferior a 300 1;
2º Los dispositivos de sujeción por ventosa de caucho, constituidos por una montura, una empuñadura y una palanca que producirá una depresión utilizados para sostener momentáneamente un objeto (vidrio, principalmente) para desplazarlo”
PAGINA 1.125. PARTIDA 82.04. APARTNDO B). Añadir el tercer párrafo (exclusiones) siguiente:
“Sin embargo, se excluyen de la presente partida los depositivos de sujeción por ventosa de caucho constituidos por una montura, una empuñadura y una palanca que producirá una depresión, de metales comunes, utilizados para sostener momentáneamente un objeto para desplazarlo (partidas 73.40, 76.16, por ejemplo)”.
PAGINA 1.126. PARTIDA 82.04. APARTADO 8). LINEAS SEGUNDA Y TERCERA:
Sustituir “cuchillos para callistas y pedicuros, cizallas para herradores”, por lo siguiente: “cuchillas y cizallas para herradores”;
PAGINA 1.254. PARTIDA 84.25.
1. Intercalar el nuevo apartado 7):
“7) LOS REMOLQUES AUTOCARGADORES, CON EQUIPO DE CORTE INAMOVIBLE, utilizados para segar, cortar o picar y transportar la hierba, el maíz, etc.”.
2. Los apartados 7) a 20) pasan a numerarse 8) a 21).
PAGINA 1.256. PARTIDA 84.25. “PARTES Y PIEZAS SUELTAS”. LINEAS QUINTA Y SEXTA.
Entre “segadoras” y “separadoras”, intercalar lo siguiente:
“Bielas oscilantes para transmisión del movimiento a las barras de corte de las máquinas cortacésped o de las guadañadoras”;
PAGINA 1.390. PARTIDA 84.63. APARTADO A). EXCLUSIONES.
Añadir la nueva exclusión c) siguiente:
“c) Las bielas oscilantes para transmisión del movimiento a las barras de corte de las máquinas cortacésped o de las guadañadoras (PARTIDA 84.25).
PAGINA 1.522. PARTIDA 87.14.
1. APARTADO 4). SEGUNDA LINEA:
Sustituir “autodescargables” por “autodescargadores”. a. Intercalar el nuevo apartado 4) siguiente:
“4) Los remolques autocargadores para usos agrícolas provistos de dispositivos automáticos de carga y, eventualmente, de aparatos que permiten cortar o picar el forraje, los tallos de maíz, etc.
Por el contrario, se EXCLUYEN los remolques autocargadores, CON EQUIPO DE CORTE INAMOVIBLE, utilizados para segar, picar o cortar y transportar la hierba, el maíz, etc. (partida 84.25) “.
3. Los apartados 4) a 13) pasan a ser 5) a 14).
PAGINA 1.523. PARTIDA 87.14.
Los apartados 14) a 13) pasan a ser 15) a 19
PAGINA 1.646. PARTIDA 90.28.
1. Intercalar el nuevo apartado 15) siguiente:
“15) LAS CELULAS DE CANGO DINAMOMETRICAS que convierten las variaciones de fuerza (incluido el peso) que se les aplican en variaciones proporcionales de tensión eléctrica. Estas variaciones de tensión eléctrica son detectadas, generalmente, por instrumentos de medida de control
para pesar, etc., que las traducen a la magnitud buscada”.
2. El apartado 15) actual pasa a ser 16).
PAGINA 1.783. PARTIDA 99.01. EXCLUSION d). Nueva redacción:
“d) Los artículos manufacturados decorados a mano tales como revestimientos murales constituidos por tejidos pintados a mano, recuerdos de viaje, cajas y cofrecillos artículos de materias cerámicas (platos, fuentes, vasijas) etc.), que siguen su propio régimen”.
7) CORRECCION NÚMERO 36 DEL CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento número 28.881 de 1933), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 401. PARTIDA 29.22. CUARTO PARRAFO. Nueva redacción:
“En esta partida también se clasifican las sales (nitratos, acetatos, citratos, por ejemplo y los derivados de sustitución de las aminas (derivados alquílicos, arílicos, alquilarílicos, halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados, por ejemplo); PERO NO SE INCLUYEN los derivados de sustitución que contengan funciones oxigenadas de las partidas 29.04 a 29.21 y sus sales (PARTIDA 29.23)”.
PAGINA 561. PARTIDA 38.19. APARTADO 13). PRIMER PARRAFO.
Nueva redacción:
“Este enunciado comprende las preparaciones apropiadas para iniciar o acelerar determinados procesos químicos”.
PAGINA 562. PARTIDA 38.19. APARTADO 14). NUEVA REDACCION:
“13) Los aditivos endurecedores de barnices o de colas por ejemplo, los que consisten en una mezcla de cloruro amónico y urea”.
PAGINA 744. PARTIDA 53.05.
1. QUINTO PARRAFO. Nueva redacción:
“Los productos de esta partida se presentan, pues, en las formas descritas anteriormente: velos o napas, cintas mechas, mechas arrolladas en bolas (tops) o dispuestas en grandes bobinas. También corresponden a esta partida las mechas y TOPS rotos o cortados a propósito, que se presentan a veces en pequeños trozos de longitud uniforme”.
2. SEXTO PARRAFO. Suprimir la primera frase: “Las mechas y bolas (TOPS) rotas o … en esta partida”.
3. DESPUES DEL SEXTO PARRAFO, INTERCALAR EL NUEVO PARRAFO SIGUIENTE:
“La presente partida comprende también las “LANAS PEINADAS A GRANEL”, denominadas a veces “lanas cardadas y desgrasadas” (OPEN TOPS). Estas lanas, generalmente lavadas a fondo, son lanas cardadas mecánicamente, utilizando una parte de la línea de producción (cardado y peinado) destinada a al fabricación de cintas de lana peinada (TOPS) que sirven para la hilatura de la lana peinada. A la salida de la peinadora, la cinta continua se estira y se rompe en fragmentos esponjosos e irregulares
que se acondicionan en balas. El producto así obtenido consiste en fibras cortas (de longitud media inferior a 45 mm) que sirven para la hilatura, según el procedimiento usado para la lana cardada o para el algodón, pero que no sirve para la hilatura de la lana peinada. Debe cardarse de nuevo antes de la hilatura. Su apariencia es la de una lana esponjosa lavada a fondo que no posee residuos vegetales visibles”.
PAGINA 896. PARTIDA 68.11. SEGUNDO PARRAFO.
1. En la segunda línea, suprimir, “en particular”.
2. En la tercera línea, sustituir “tales como materias plásticas artificiales,” por lo siguiente: “(materias
plásticas, por ejemplo)”
PAGINA 1.016. PARTIDA 73.21. TERCER PARRAFO, LINEAS TERCERA A QUINTA. Nueva redacción:
“Los caballetes de extracción para pozos de minas; los puntales y codales ajustables o telescópicos, puntales tubulares, vigas extensibles de encofrado, andamiajes tubulares y material similar; …”
PAGINA 1.016 A. PARTIDA 73.21.
1. EXCLUSION b) Nueva redacción:
“b) Los paneles para encofrado destinados al vaciado del hormigón, que tengan el carácter de moldes (PARTIDA 84.60) “.
2. NUEVA EXCLUSION e)
“e) Las estanterías amovibles destinadas a colocarse sobre el suelo (PARTIDA 94.03)”,
PAGINA 1.383. PARTIDA 84.60. APARTADO D. 2), LINEA TERCERA.
Después de “ornamentos arquitectónicos”, intercalar lo siguiente: “paredes, techos,”.
PAGINA 1.409. PARTIDA 85.03. EXCLUSION b). Nueva redacción:
“b) Los pares termoeléctricos (partidas 85.01, 85.28, 90.29, por ejemplo)”.
PAGINA 1.762. PARTIDA 97.06. APARTADO 6) ULTIMA LINEA.
Después de “toboganes”, intercalar lo siguiente: “piscinas infantiles”.
8) CORRECCION NÚMERO 37 DEL CONSEJO DE COOPEERACION ADUANERA DE BRUSELAS (Documento número 29.635 de 1983), que a continuación se transcribe:
“PAGINA 820 PARTIDA 59.12. APARTADO G) 1).
Añadir después del punto final la siguiente frase:
“Los tejidos recubiertos de tundiznos que imitan a la pana rayada se clasifican en la presente partida”.
PAGINA 824. PARTIDA 59.17. APARTADO A. 2). SEGUNDA FRASE. Nueva redacción:
“2) Gasas y telas para cerner. Se trata en este caso de tejidos permeables de ligamento gasa de vuelta, semigasa (gasa de vuelta y tafetán alternativamente) o tafetán por ejemplo, que presentan mallas de formas y dimensiones regulares, generalmente cuadradas, que deben permanecer invariables con el uso”.
PAGINA 1.401. PARTIDA 85.01. PENULTIMO PARRAFO.
Suprimir el punto final y añadir después de “…ondulador, etc.)”, lo siguiente:
“así como los paneles o los módulos, incluso equipados con dispositivos muy sencillos (diodos para dirigir la corriente, por ejemplo), que permiten suministrar una energía utilizable directamente por un motor o un aparato para la electrólisis. por ejemplo”
PAGINA 1464. A. PARTIDA 85.21. APARTADO B.-2. Intercalar entre los apartados 1° y 2°, el nuevo párrafo siguiente:
“Se clasifican aquí las células solares, incluso ensambladas en módulos que constituyen paneles. Por el contrario, se excluyen de la presente partida los paneles o los módulos, incluso equipados con dispositivos muy sencillos (diodos para dirigir la corriente por ejemplo), que permiten suministrar una energía utilizable directamente por un motor o un aparato de electrólisis, por ejemplo (partida %5.01) “.
PAGINA 1.464. F. PARTIDA 85.22. CUARTO PARRAFO. APARTADO
5). Nueva redacción:
“5) Los GENERADORES DE SEÑALES son aparatos para la producción de señales eléctricas de forma de onda y de amplitud conocidas, con una frecuencia determina (baja o alta frecuencia, por ejemplo)”.
PAGINA 1.559. PARTIDA 90.09. EXCLUSION b). Nueva redacción.
“b) Las reductoras y ampliadoras cinematográfica utilizadas, principalmente para sacar copias de filmes sobre películas de anchura diferente de la original, los aparatos para la proyección de los trazados de circuitos sobre superficies sensibilizadas de materiales semiconductores (proyección por máscara alineada), así como los aparatos por sistema óptico para la fotocopia de microfilmes provistos de una pequeña pantalla de vidrio para control visual de la imagen (partida 90.10)”.
PAGINA 1.560. PARTIDA 90.10. APARTADO I. TITULO. Nueva redacción:
“I. Aparatos y material de los tipos utilizados en los laboratorios fotográficos o cinematográficos (incluidos los aparatos para la proyección de los trazados de circuitos sobre superficies sensibilizadas de materiales semiconductores), no expresados ni comprendidos en otras partidas de la Imagen (PARTIDA 90.10)”.
PAGINA 1.561. PARTIDA 90.10. Después del apartado K), añadir el nuevo apartado L) siguiente:
“L) LOS APARATOS DE PROYECCION utilizados en la fabricación de circuitos electrónicos integrados en los que los trazados de circuitos se proyectan a través de una máscara con reducción o ampliación o sin ellas sobre placas de silicio fotosensibles ( proyección por máscara alineada) “.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de noviembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
HUGO PALACIOS MEJIA,