DECRETO 3266 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  3266 de 1986    

(octubre  17)    

     

Por  el cual se dispone un procedimiento para un préstamo del presupuesto nacional.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  legales que le confiere el artículo 16 del Decreto  extraordinario 294 de 1973,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° El contrato de préstamo entre la  Nación y el Departamento del Chocó, por la suma de doscientos cincuenta  millones de pesos ($250.000.000.00) moneda legal, correspondiente al artículo  5655A proyecto 3 del capítulo 05 Dirección General de Crédito Público,  Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de la adición presupuestal contenida  en la Ley  número 47 de septiembre 23 de 1986 podrá celebrarse directamente entre las  partes contratantes, sin sujeción a los requisitos del Decreto 753 de 1984.    

     

Artículo  2° El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 17 de octubre de 1986,    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO.              

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