DECRETO 322 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO 322  DE 1987    

(febrero 16)    

     

por el cual se deroga el Decreto 1597 de 1985.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 3º del  artículo 120, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que para el cálculo de los impuestos nacionales sobre  bienes raíces el artículo 73 de la Ley 75 de 1986  estableció una porción del avalo catastral denominada avalo fiscal, predicable  tanto de los predios urbanos como de los rurales;    

     

Que el artículo 77 de la citada ley facultó a los concejos  municipales para utilizar como base del impuesto predial solamente el valor del  avalúo fiscal, según las condiciones económicas o sociales existentes en el  municipio; y    

     

Que las anteriores disposiciones destinadas a aliviar las  consecuencias fiscales de las nuevas formaciones o actualizaciones catastrales  cumplen el objetivo del Decreto 1597 de 1985,  por el cual se fijó, para algunos predios rurales, la gradualidad en el aumento  de los avalúos,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Derógase en todas sus partes el Decreto 1597 de 1985,  por el cual se reglamentó parcialmente la Ley 14 de 1983.    

     

Artículo 2º Este Decreto rige desde su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de febrero de 1987.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.    

           

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