DECRETO 3215 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 3215 DE 1985    

( noviembre 5)    

     

Por el cual se  traslada un plantel.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el  artículo 120, numeral 12,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Trasladar el Instituto Agrícola que actualmente funciona en el Municipio de  Unguía (Chocó), al Municipio de Lloró en el mismo Departamento.    

Parágrafo.  La Dirección General de Administración e Inspección Educativa del Ministerio de  Educación Nacional en coordinación con las directivas del plantel, tomará las  acciones encaminadas a ubicar, a sus actuales alumnos en otras planteles  educativos de Unguía.    

     

Artículo  2º El Instituto a que se refiere este Decreto funcionará en las instalaciones  cedidas por el Municipio de Lloró a la Nación, según Escritura Pública número  553 de 9 de noviembre de 1983, otorgada en la Notaria única del Círculo de  Quibdó.    

     

Artículo  3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación,    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 5 de noviembre de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

La  Ministra de Educación Nacional,    

LILIAM SUAREZ MELO.          

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