DECRETO 321 DE 1986
(enero 29)
Por el cual se aprueba la planta de personal del fondo de previsión social del Congreso de la Republica.
Nota: Derogado por el Decreto 2672 de 1991, artículo 3.
El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 004 del 11 de diciembre de 1985, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 004 DE 1985
(diciembre 11)
por el cual se establece la Planta de Personal del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República.
La Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
… … … … … … … … … … … … …
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a los 11 días de diciembre de 1985.
(Fdo.) GERMAN BULA ESCOBAR, Presidente.
(Fdo.) ANTONIO JOSE VIVES, Secretario».
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de enero de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
HUGO PALACIOS MEJIA.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
JORGE CARRILLO ROJAS.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil,
ERICINA MENDOZA SALADEN.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
VICTOR G. RICARDO.